viernes, marzo 29, 2024

Las escuelas privadas no podrán expulsar a los alumnos por deudas en los pagos

Tampoco se podrán retener boletines, certificados de estudios u otra documentación oficial. Se establecen severas multas por incumplimiento.

La Cámara de Diputados de la provincia convirtió en ley un proyecto que prohíbe a las escuelas públicas de gestión privada expulsar a los alumnos o retener boletines de calificaciones, certificados de estudios u otra documentación oficial por falta de pagos.

La norma impulsada por el presidente de bloque PJ en el Senado, Daniel Barrera, establece que “ningún alumno será privado de la asistencia regular a todas las clases, experiencias y actividades pedagógicas e institucionales en general, por falta de pago”.

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“El derecho a enseñar y aprender está consagrado por el artículo 14 de la Constitución Nacional y en la provincia la Ley Provincial de Educación Nº13688 establece que la educación es una prioridad, y que justamente constituyen derechos personales y sociales garantizados por el Estado”, indicó Barrera.

La iniciativa precisa en su artículo 3º que los estudiantes “podrán finalizar el año lectivo en dichos establecimientos cuando se acredite que el padre, madre o quien tenga la obligación alimentaria del educando hubiere sido despedido de su empleo y permanezca desocupado o tuviera alguna discapacidad que le impidiera trabajar”. 

En este sentido, la ley insta a la Dirección General de Cultura y Educación a brindar al alumno una vacante para el próximo año electivo en una escuela de gestión Estatal. “Excepto cuando se trate de colegios de gestión privada que reciban el 100% de aporte estatal, en cuyo caso deben otorgar una beca que asegure la continuidad”, aclara el punto 4º.

Por último, el texto propone severas sanciones por incumplimientos del articulado, que van desde multas económicas hasta la suspensión de la matrícula para funcionar como establecimiento educativo de gestión privada en caso de reincidencia.

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