viernes, abril 19, 2024

La marea verde vuelve a Diputados: punto por punto, los cambios en la ley de aborto legal

La iniciativa será presentada esta tarde por la Campaña Nacional por el Aborto Legal, Seguro y Gratuito.

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La Campaña Nacional por el Aborto Legal, Seguro y Gratuito presenta por octava vez en el Congreso de la Nación el proyecto de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), en el marco del Día Internacional de Acción por la Salud de las Mujeres. 

El proyecto, que sufrió modificaciones y se presentará en Diputados esta tarde, está dividido en tres títulos que abarcan las condiciones de la práctica, las políticas de prevención y las reformas del Código Penal.

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Uno de los primeros cambios es que no sólo contemplará a la mujer. “Otras identidades con capacidad de gestar, tienen derecho a decidir y acceder voluntariamente a la interrupción hasta las 14 semanas”, señala el texto.

En este sentido, la norma aclara que podrán acceder a la práctica aquellos casos que “fueran producto de violación, con el requerimiento y la declaración jurada de la persona ante el/la profesional de salud interviniente”.

En cuanto a los plazos solicitados, el articulado estima un máximo de 5 días corridos desde su requerimiento para acceder a la realización de la práctica del aborto en los servicios del sistema de salud. 

Además, precisa que se debe garantizar un/a intérprete de la lengua o un idioma para que pueda comunicarse con la persona que requiera de la práctica. En caso que sea discapacitada, se debe proporcionar en formatos y medios accesibles.

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Asimismo, en caso que la IVE deba practicarse en una persona menor de 13 años se requerirá su consentimiento y deberá asistir al centro de salud acompañada de al menos uno de sus progenitores o representante legal.

Es importante resaltar que la iniciativa establece que ninguna persona gestante puede ser ignorada aunque su consentimiento provenga de un tercero “independientemente de su discapacidad, diagnóstico en salud o determinación judicial”.

Por último, la cobertura de dicha práctica debe estar contemplada dentro del sistema público de salud y también en el Plan Médico Obligatorio (PMO). Sin embargo, la objeción de conciencia por parte de los profesionales no fue considerado.

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