sábado, abril 20, 2024

Monotributistas: cuáles son los requisitos para acceder a los créditos a tasa cero

La medida fue oficializada a través del DNU 376 en el marco de la crisis económica por la pandemia de coronavirus.

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El Gobierno nacional oficializó mediante el DNU 376 los créditos a tasa 0 de hasta $150.000 para los monotributistas de cualquier categoría, en el marco de la crisis económica por la pandemia de coronavirus (Covid-19).

Sin embargo, el beneficio estará condicionado a un conjunto de requisitos, de acuerdo al acta N°4 del Comité de Evaluación del Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción, publicado este miércoles en el Boletín Oficial.

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En ese sentido, los créditos serán por un monto igual al 25% de la facturación anual de la categoría en la que está inscripto el monotributista; en el caso de autónomos no hay categoría, hasta un máximo de $150.000.

Quienes quieran solicitarlo deberán hacerlo directamente en el banco en el que ya están operando y luego les será acreditado a través de su tarjeta de crédito en tres cuotas mensuales iguales.

Para ello, el solicitante no podrá recibir el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) de 10.000, correspondiente para las categorías A y B que se está terminando de acreditar por estos días.

Tampoco podrá prestar servicios al sector público nacional, provincial o municipal. O, por lo menos, el 70% de la facturación entre el 12 de marzo y el 12 de abril de 2020 emitida a favor de esas jurisdicciones o entidades.

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Además, el beneficiario no deberá estar en relación de dependencia o proveniente de una jubilación, y que el monto de la facturación electrónica entre marzo y abril no haya caído por debajo del promedio mensual del ingreso bruto mínimo.

En los casos en que la facturación electrónica no se encuentre disponible, las compras no deben ser superiores al 80% del promedio mensual del límite inferior de la categoría en que se encuentre registrado.

Asimismo, el Gobierno aclaró que los monotributistas alcanzados por el crédito no podrán realizar operaciones de compra de divisas por el mercado oficial ni tampoco comprar títulos en pesos para su posterior venta en moneda extranjera. 

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