jueves, abril 18, 2024

Luis Arias: “No descarto que haya jueces que estén tarifando las prisiones domiciliarias”

El ex magistrado se metió en la polémica por los beneficios procesales otorgados a los presos y sostuvo que existió “mala praxis por parte de la Justicia y de la prensa”.

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El ex juez en lo Contencioso Administrativo de La Plata, Luis Arias, se metió en la polémica por los beneficios procesales otorgados a los presos que integran los grupos de riesgo de muerte frente a la pandemia de coronavirus y sostuvo que “hay mala praxis en un sector de la Justicia y en la prensa”.  

Es imposible conocer la subjetividad de todos los operadores judiciales pero no descarto haya habido mala praxis no sólo por cuestiones políticas sino económicas, es posible que haya jueces que estén tarifando las prisiones domicilias”, sostuvo a Diputados Bonaerenses.

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Arias también se alineó con la postura que tomó Axel Kicillof quien esta semana denunció “una campaña para generar miedo”. “También hubo mucha mala praxis en la prensa canalla que tendió a confundir y meterle miedo a la población y de esa manera deslegitimar al Gobierno”, evaluó.

Sobre los motivos de esa “operación”, el ex magistrado consideró que tiene que ver con “medidas en ciernes, como el impuesto a la riqueza, que perjudica a ciertos sectores”. “Hablar de liberaciones es de una mala intención absoluta, son arrestos domiciliarios”, precisó.

En paralelo, Arias rechazó que exista un plan por parte del Gobierno bonaerense. “Ya lo dijo Kicillof el Ejecutivo no tiene injerencia en las decisiones del Poder Judicial, sería un absurdo pensar eso”, dijo y agregó: “En casos puntuales pudo haber influencias y las hubo sobre todo en el Gobierno anterior, pero un plan es muy diferente, sería muy difícil llevar a cabo porque los jueces no definen de modo general sino sobre casos concretos, que son todos diferentes”.

En esa dirección, destacó que “el fallo de la Casación Bonaerense están claros los límites que son los delitos graves, incluso la resolución del Procurador, con quien no simpatizo porque es uno de los impulsores del jury que me destituyo, tiende a equilibrar el problema, aun cuando tenga falencias porque emitió expedirse del tipo de delito”.

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Sobre los elementos en juego a la hora de definir el otorgamiento de prisiones domiciliarias mencionó tres: los contextos de encierro, las condiciones carcelarias y la situación excepcional que trajo aparejada la pandemia de Covid-19.

Los contextos de encierro arrestan problemas grandes desde hace años que se han acrecentado en el Gobierno anterior. Uno es el hacinamiento producto del abuso de la prisión preventiva. Cerca del 60% de la población carcelaria no tiene condena, es decir que es técnicamente inocente porque no tienen sentencia firme”, consideró.

“Las condiciones carcelarias como la falta de elementos como agua caliente, calefacción, falta de higiene, buena alimentación, que vienen siendo señaladas por la Corte y la CPM también deben ser consideradas así como el peligro de contagios que trae esta pandemia porque si el virus se propaga en la población carcelaria está en juego la salud de los trabajadores, sus familias y su sociedad en su conjunto”, añadió.

Por último, Arias se mostró reacio a avanzar con juicios políticos como los que se pusieron en marcha esta semana desde la Legislatura bonaerense. “Estoy en contra de la especulación política de este tema, así como critico al Gobierno anterior por perseguir magistrados, hay que rechazar cualquier intento de presionar al Poder Judicial, no hay una solo forma de interpretar el derecho y los jueces no pueden ser condenados por sus sentencias, si se comprobara alguna irregularidad si cabría”, cerró.

Vale recordar que esta semana la Suprema Corte de Justicia bonaerense declaró hoy admisible el recurso de queja presentado por el fiscal Carlos Altuve y suspendió provisionalmente las medidas dispuestas por el Tribunal de Casación Penal que habilitaban la prisión domiciliaria para presos dentro de los grupos de riesgo de contraer coronavirus.

De esta manera, la Corte dispuso así la suspensión de las medidas establecidas por Casación en su fallo del 8 de abril del corriente año (Habeas Corpus colectivos y correctivos de causas N° 102.555 y 102.558) y "ordenó la secuencia del trámite a seguir previo a dictar la sentencia de fondo".

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