sábado, abril 20, 2024

El Gobierno extendió por 60 días de la prohibición de realizar despidos sin causa

Quedan exceptuados los despidos o suspensiones “pactados individual o colectivamente u homologadas por la autoridad de aplicación”.

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El Gobierno nacional oficializó hoy la prórroga por 60 días de la prohibición para las empresas de efectuar despidos sin justa causa o bajo el pretexto de fuerza mayor, medida excepcional relacionada con los efectos económicos de la pandemia.

De esta manera, la medida regirá hasta el mes julio inclusive. Así lo estableció por medio del decreto de necesidad y urgencia número (DNU) 487, publicado hoy en el Boletín Oficial y firmado por el presidente Alberto Fernández.

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La nueva norma señala que "con el objetivo de continuar implementando medidas dirigidas a mantener el ingreso y el empleo de la población, el gobierno nacional resolvió prorrogar la prohibición de efectuar despidos”.

Es para aquellas desvinculaciones laborales “sin justa causa, y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor”, por el plazo de otros 60 días a partir de la publicación del decreto.

La prohibición de despidos fue decretada inicialmente el 31 de marzo último, por medio del DNU 329/2020 también por 60 días, al finalizar la primera etapa del aislamiento social, preventivo y obligatorio.

La medida publicada hoy incluye la "prohibición de efectuar suspensiones con las mismas causales, quedando exceptuadas aquellas que se efectúen en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT)”.

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Es decir, los despidos “pactados individual o colectivamente u homologadas por la autoridad de aplicación” podrán llevarse adelante tal como viene ocurriendo en sectores de la industria y el comercio.

La nueva medida establece que "aquellos despidos o suspensiones que se dispongan en violación a lo dispuesto no producirán efecto alguno, y se mantendrán vigentes las relaciones laborales y sus condiciones actuales".

El Gobierno fundamentó la prórroga de la prohibición de efectuar despidos en la puesta en marcha de una "serie de medidas que tienen como objetivo ayudar a las empresas a sobrellevar los efectos de la emergencia”.

Entre ellas, la postergación o disminución de diversas obligaciones tributarias y de la seguridad social, la asistencia con programas para el pago de los salarios y la modificación de procedimientos para el acceso a estos beneficios".

También menciona entre las medidas de asistencia se menciona las "garantías públicas con el fin de facilitar el acceso al crédito de micro, medianas y pequeñas empresas (MiPyMES)".

Asimismo, el Gobierno consideró "indispensable continuar garantizando la conservación de los puestos de trabajo por un plazo razonable, en aras de preservar la paz social”.

“Ello solo será posible si se transita la emergencia con un diálogo social en todos los niveles y no con medidas unilaterales de distracto laboral, que no serán más que una forma de agravar los problemas que el aislamiento procura remediar", agrega.

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