martes, abril 23, 2024

Diputados estudia beneficios impositivos para clubes de barrio y centros culturales

Se trata de un proyecto del bloque del Frente de Todos que establece un “sistema de protección” de sus inmuebles y la “gratuidad de los servicios bancarios y jurídicos”.

Este jueves la Cámara de Diputados de la Provincia se reunirá por segunda vez de manera “mixta” al mediodía para que tome estado parlamentario el pedido de endeudamiento de Axel Kicillof que quedó pendiente la semana pasada, sumar número de sesiones, y de paso aprobar un conjunto de iniciativas.

Si bien no se conoce la letra chica del nuevo texto, se espera que la autorización para la toma de deuda sea similar a la anterior, de 500 millones de dólares con organismos internacionales y de $20.000 millones para “regularizar atrasos de Tesorería”.

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En cuanto a los proyectos, tal como anticipó Diputados Bonaerenses, a pedido de Juntos por el Cambio se tratará la “adecuación” de la Ley de Víctimas, aunque no sería mediante el texto de la platense Carolina Píparo sino a través de una iniciativa que bajó del Ministerio de Justicia, de Julio Alak.

La propuesta crearía una comisión con la participación de diferentes actores para incorporar la figura de la Ley de Víctimas al procedimiento penal de la provincia de Buenos Aires. Sin embargo, la discusión todavía está abierta y se podría tomar cualquiera de los dos. En el temario también habrá una veintena de iniciativas que vienen del anterior periodo parlamentario.

 

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Por el lado del Frente de Todos, propusieron un proyecto que quedó en estudio, pertenece al jefe de bloque Facundo Tignanelli y apunta a dotar de una serie de beneficios impositivos para asociaciones civiles de primer grado, al tiempo que establece un “sistema de protección” de sus inmuebles y la “gratuidad de los servicios bancarios y jurídicos”. Finalmente no se tratará este jueves. 

En su artículo 3 exceptúa del pago del Impuesto Inmobiliario a las asociaciones civiles de hasta 100 socios o con ingresos anuales totales mayores a la categoría G del monotributo para aquellos inmuebles que se utilicen para fines puntuales.

Esto es, servicio de bomberos voluntarios, salud pública y asistencia social gratuitas; y beneficencia, bibliotecas públicas y actividades culturales, enseñanza e investigación científica, actividades deportivas y servicio especializado en la rehabilitación de personas discapacitadas.

En su artículo 4 ordena retrotraer a diciembre de 2019 “los valores que abonan las asociaciones civiles respecto de tasas adicionales por servicios de trámites preferenciales, tasas adicionales por servicios de trámites especiales y tasas adicionales por servicios de trámites urgentes y muy urgentes”.

En tanto, el capítulo III está destinado a la condonación de deudas de documentación anual obligatoria que las asociaciones civiles poseen con la Dirección Provincial de Personas Jurídicas. Entre otras cosas, establece que “podrán iniciar el proceso de normalización” mientras dure el decreto 132/2020.

 

 

“Los organismos competentes, en forma gratuita, deberán facilitar, allanar y posibilitar los trámites y diligencias para su regularización, destrabando, resolviendo y solucionando cualquier situación al respecto, proporcionando el asesoramiento, recomendaciones, instrucciones y orientaciones”, reza el artículo 10.

Por su parte, el capítulo V busca que los clubes de barrio, centro de Jubilados, centros culturales y sociedad de fomento reciban las exenciones sobre los impuestos nacionales resueltos por AFIP y provinciales dispuestos por ARBA en el marco de la pandemia de coronavirus.

Como disposiciones de emergencia el texto establece “conceder una prórroga especial por el plazo de 180 días para la presentación de documentación post asamblearia respecto de actos de carácter ordinario y que debiesen celebrarse durante el término de la emergencia sanitaria declarada por el Decreto N° 132/2020”.

Asimismo, define en 180 días “el plazo mínimo de duración de todos los certificados de vigencia de asociaciones civiles, fundaciones y mutuales que se extiendan durante el término de la emergencia sanitaria”. El proyecto de Tignanelli también contiene un apartado especial para la educación secundaria.

 

 

En su capítulo XI establece “asesoramiento y patrocinio jurídico gratuito” y hace una distinción entre las asociaciones civiles de recursos bajos que son aquellas que no poseen inmuebles o posean ingreso anuales totales hasta el monto equivalente de la categoría G del monotributo.

El proyecto también crea “el Registro de Bienes con función social, en el ámbito de la Subsecretaría de Hábitat de la Comunidad, dependiente del Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, por estas horas a cargo de Andrés “Cuervo Larroque”.

“El registro tendrá por función únicamente recopilar y sistematizar la información referente a la relación jurídica de las Asociaciones Civiles respecto de los Bienes Inmuebles donde tienen domicilio social y donde realizan sus actividades”, indica el artículo 30.

Otro capítulo importante es el XIV que establece que “todo inmueble ubicado en la provincia de una Asociación Civil, que se encuentre poseyendo, de manera pacífica e ininterrumpida por el plazo de al menos 20 años, es inembargable e inejecutable”.

Por último, la iniciativa crea “una Oficina Municipal de Entidades de Bien Público en los Municipios de la provincia, a los fines de garantizar los derechos consagrados en la presente ley y de acercar a las Organizaciones de la Comunidad con los gobiernos locales”.

 

El texto completo: 

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