viernes, marzo 29, 2024

Decreto: oficializan la cuarentena estricta para 35 municipios bonaerenses del AMBA

Este lunes se publicó el decreto que extiende el aislamiento desde el 1 al 17 de julio, con fuertes restricciones a la movilidad y el uso del transporte público.

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El Gobierno nacional oficializó este lunes la extensión del aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 1 al 17 de julio, mediante la publicación en el Boletín Oficial del Decreto de Necesidad y Urgencia 576/2020.

El texto impone fuertes restricciones en actividades y en el transporte público, en la zona del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), el Chaco, el departamento rionegrino de Genera Roca y el aglomerado urbano de Neuquén.

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El decreto que lleva la firma del presidente a su vez delimitó, tal como lo adelantó Diputados Bonaerenses, la cuarentena estricta para 35 municipios de la provincia de Buenos Aires, los más comprometidos por la suba de casos de coronavirus.

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En paralelo, el Gobierno prorrogó en el mismo lapso el distanciamiento social, preventivo y obligatorio para el resto del país, que poco a poco va volviendo hacia una fase de “nueva normalidad”.

La norma mantiene los lineamientos generales del aislamiento que se inició el 20 de marzo pasado, con cierre de fronteras, sin clases y sin eventos de gran magnitud, como espectáculos públicos y partidos de fútbol, entre otras actividades masivas.

 

 

El DNU argumentó que “en los últimos 20 días se presentó un aumento acelerado de casos del 136,4%, un aumento del 95,6% de personas fallecidas y un aumento del 74% de las personas internadas en unidades de terapia intensiva por coronavirus”.

A raíz del endurecimiento de la cuarentena, solo se permitirá viajar en el transporte público a los trabajadores a los que la norma de inicio del aislamiento calificó de "esenciales”.

No obstante, el Gobierno amplió de 24 a 30 las actividades consideradas esenciales, ya que agregó, por ejemplo al personal de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).

 

 

Asimismo, se mantienen algunas actividades productivas, pero sin que los trabajadores de esas áreas puedan abordar el transporte público, es decir que las empresas deben ocuparse de la ida y vuelta hasta el empleo.

El DNU aclara que en "cualquier momento en que se detecte una alarma epidemiológica o sanitaria" el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, "podrá dejar sin efecto una excepción" de las otorgadas en los 100 días de confinamiento.

Además, la norma dispone que se extremarán, por parte del Ministerio de Seguridad de la Nación, los controles "permanentes en rutas, vías y espacios públicos, accesos y demás lugares estratégicos que determine".

 

 

Al respecto, acerca de los "infractores" al aislamiento, establece que "se dará actuación a la autoridad competente, en el marco de los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal".

Del mismo modo, establece que el Ministerio de Seguridad "deberá disponer la inmediata detención de los vehículos que circulen en infracción y procederá a su retención preventiva por el tiempo que resulte necesario".

 

LOS 35 DISTRITOS DEL AMBA:

 

En el artículo 12 del decreto se definen los municipios del AMBA que transitarán la cuarentena estricta. Estos son: Almirante Brown, Avellaneda, Berazategui, Berisso, Ensenada, Escobar, Esteban Echeverría, Ezeiza, Florencio Varela, General Las Heras, General Rodríguez, General San Martín, Hurlingham, Ituzaingó, José C. Paz, La Matanza, Lanús, La Plata, Lomas de Zamora, Luján, Marcos Paz, Malvinas Argentinas, Moreno, Merlo, Morón, Pilar, Presidente Perón, Quilmes, San Fernando, San Isidro, San Miguel, San Vicente, Tigre, Tres de Febrero y Vicente López.

 

EL DECRETO COMPLETO:

 

 

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