sábado, abril 20, 2024

Lipovetzky: “La ley que regula las tarifas ayuda a amortiguar la crisis de las pymes”

Así lo manifestó el diputado de Juntos por el Cambio luego de la sanción del proyecto que habilita la suspensión o el pago parcial de la electricidad y el gas durante el ASPO.

Luego de que el Senado bonaerense convirtiera en ley el proyecto que habilita la suspensión o el pago parcial de la electricidad y el gas durante el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO), el diputado de Juntos por el Cambio Daniel Lipovetzky destacó que la norma “busca amortiguar la crisis” de las pymes.

En diálogo con Diputados Bonaerenses, Lipovetzky explicó que “la ley establece que las empresas van a poder pagar la tarifa por el consumo y no por los cargos fijos, con efecto retroactivo desde el comienzo de la cuarentena y los pagos que se hayan hecho por encima del consumo serán compensadas en las próximas facturas”.

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La iniciativa, sancionada ayer por la tarde, alcanza a los usuarios de las categorías tarifarías de baja tensión (T2, T3, T5 y T6) y de media tensión menor a 300 KW (T2, T3, T5 y T6), que hayan sufrido a partir del 20 de marzo de 2020 la reducción del 50% o más en su demanda de potencia.

“En situaciones de normalidad, empresas y comercios pagan cargos fijos para asegurarse de tener la energía necesaria para poder producir y funcionar. Durante la pandemia cuando esa actividad disminuyó las distribuidoras siguieron cobrando esos cargos fijos, cuando el consumo era mucho menor”, amplió el autor del proyecto. 

En estas condiciones, la norma establece que comercios e industrias, se encuentran facultados para suspender el pago o realizar pagos parciales a cuenta de la potencia contratada, hasta que la demanda alcance el 70% de los niveles pre pandemia.

En esa línea, Lipovetzky consideró que “en definitiva le estamos aportando una ayuda para el sector comercial industrial bonaerense que está sufriendo la pandemia y que necesita de leyes como esta para amortiguar el impacto de la crisis que están viviendo”.  

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Otro de los puntos destacados del articulado, es que se establece la posibilidad de que los usuarios puedan modificar su contrato, ya sea recategorizándose o prescindiendo del servicio. En este último caso, una vez finalizado el aislamiento preventivo y obligatorio, se podrá restituir sin costo alguno.

Entre los fundamentos, se sostiene que existe un “grave perjuicio patrimonial que deberían afrontar las empresas al tener que pagar valores de energía como si estuviesen trabajando, cuando están paradas o con una actividad mínima”.

“Resulta evidente que continuar cobrando las tarifas utilizando esta metodología de cargo fijo carecía de todo sentido cuando una empresa, cualquiera fuese su actividad, la ha visto disminuida sensiblemente o simplemente ha tenido que cerrar sus puertas, ya que la ecuación económica sobre la cual se sustenta dicho cargo ya no existe”, concluye el texto.

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