viernes, marzo 29, 2024

Toque de queda: cuáles serán las sanciones para los que no cumplan las restricciones

Hoy por la tarde Alberto Fernández anunciará restricciones nocturnas con el fin de controlar las fiestas clandestinas, quienes no las cumplan sufrirán sanciones penales.

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A raíz del aumento exponencial de los contagios de Covid19 y de las numerosas imágenes de aglomeraciones en distintos puntos turísticos, el presidente Alberto Fernández tomó la decisión de implementar restricciones nocturnas. 

Las nuevas medidas, que comenzarán a regir a partir de mañana, apuntan a contener las fiestas clandestinas protagonizadas por los más jóvenes, quienes se muestran reticentes a la hora de respetar el distanciamiento social y cumplir con los protocolos.

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El horario de prohibición de circulación regiría entre las 23 y las 5 y se establecerían sanciones para los incumplidores bajo el artículo 205 del Código Penal. Se trata de la misma norma utilizada en los decretos que establecieron la cuarentena y sus sucesivas extensiones en 2020.

La figura legal está inscripta dentro del Capítulo IV del Título VII del Código Penal que tipifica los delitos contra la salud pública y prescribe que “será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”.

Cabe destacar, que este se trata de un delito doloso, por lo que requiere del conocimiento y la voluntad de quien realiza esa conducta tipificada mediante el incumplimiento de la obligación (omisión) o por la violación de la prohibición (acción) dispuesta por la autoridad competente.

Durante el 2020, el Gobierno Nacional también apeló al artículo 239 del Código Penal, el mismo detalla que “será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal”.

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