sábado, abril 20, 2024

Alberto Fernández promulgará este jueves la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo

La ceremonia, prevista para las 18.30, reunirá a referentes de los colectivos que reclamaron durante años la legalización y despenalización del aborto.

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La ley de aborto legal será promulgada en Argentina el próximo jueves, durante un acto que encabezará el presidente Alberto Fernández en el Museo del Bicentenario de la Casa Rosada, quién resaltará el peso histórico de una norma que amplía los derechos de las mujeres y garantiza su atención en el sistema de salud.

La ceremonia, prevista para las 18.30, reunirá a referentes de los colectivos que reclamaron durante años la legalización y despenalización del aborto, legisladores nacionales y a la mayoría de los funcionarios del Gabinete nacional, entre ellos, la ministra de Mujeres, Géneros y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta, con un rol clave en la motorización de la iniciativa del Poder Ejecutivo.

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Impulsada por el Presidente -incluso desde antes de asumir el Gobierno-, la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) fue convertida en ley por la cámara alta el 30 de diciembre pasado, con el voto favorable de 39 senadores y el rechazo de otros 29.

Ese día, Argentina se convirtió en uno de los primeros países de América Latina en disponer de una legislación de este tipo y se sumó a una lista de 66 naciones del mundo que permiten el aborto, mayoritariamente ubicadas en el hemisferio norte.

En el mismo acto, el jefe de Estado también promulgará la Ley Nacional de Atención y Cuidado Integral de la Salud durante el Embarazo y la Primera Infancia -conocida como el Plan de los 1.000 días- que recibió un apoyo unánime en el Senado cuando la sancionó, también el 30 de diciembre último.

Hasta ese día, Argentina contaba con una ley casi que databa de 1921 que exponía a las mujeres que acudían al aborto a una condena de cárcel y sólo permitía la interrupción de los embarazos en casos de violación o de peligro de vida para la persona gestante.

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Ahora, las mujeres podrán interrumpir un embarazo hasta la semana 14 sin temor a ser penalizadas y el sistema de salud pública deberá garantizar la cobertura de la intervención de manera gratuita.

En tanto, el plan de los 1000 días establece una nueva asignación por Cuidado de Salud Integral que consiste en el pago de una Asignación Universal por Hijo -una vez por año- para ayudar al cuidado de cada niño o niña menor de tres años.

El plan, apunta a afianzar el "derecho a la protección en situaciones específicas de vulnerabilidad" para las "niñas y los niños con necesidad de cuidados especiales en sus primeros años, personas que cursen embarazos de alto riesgo o padezcan trombofilia, mujeres u otras personas gestantes en situación de violencia por razones de género y niñas y adolescentes embarazadas”.

Es preciso mencionar, que el aborto legal fue recibido con júbilo y festejos en las calles, especialmente de los colectivos de mujeres de todo el país, tras años y décadas de buscar sin éxito el debate y luego de una larga vigilia de madrugada alrededor del Congreso Nacional y en plazas de las provincias, con los característicos pañuelos verdes.

"Celebro que ya estemos a punto de poner en marcha esta ley que le da derecho a decidir a las mujeres y diversidades; respeto a quienes no están de acuerdo, pero considero que este es un gran avance para la Argentina", reflexionó la presidenta de la Banca de la Mujer en el Senado, Norma Durango (Frente de Todos), quien no participará del acto del jueves por ser persona de riesgo.

La IVE tiene como eje central la consagración del "derecho de las mujeres y personas con otras identidades de género a decidir la interrupción del embarazo" en los servicios del sistema de salud "en un plazo máximo de diez (10) días corridos desde su requerimiento".

En la misma se establece que el aborto se permitirá hasta la semana 14 inclusive del proceso gestacional y que fuera de ese plazo sólo se podrá acceder en caso de violación o si estuviere en peligro la vida o la salud integral de la persona gestante.

Cabe destacar, que la norma avala también el derecho a ejercer la "objeción de conciencia" del profesional de salud que deba intervenir de manera directa en la interrupción del embarazo.

"Los centros de salud privados o de seguridad social que no cuenten con profesionales para realizar un aborto a causa de la objeción de conciencia deberán prever y disponer la derivación a un lugar, de similares características, donde se realice la prestación", señala el texto.

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