jueves, marzo 28, 2024

Alberto Fernández promulgó la Ley de Alivio Fiscal para monotributistas

La ley de Alivio Fiscal consiste en ampliar los topes de facturación para cada una de las categorías del monotributo y en modificar las deducciones especiales al impuesto a las Ganancias de autónomos.

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El presidente de la Nación, Alberto Fernández, promulgó este lunes por la tarde junto al titular de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, la Ley Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes y Autónomos.

En medio del descalabro político del fin de semana por la salida de Martín Guzmán del ministerio de Economía, el Presidente retomó su agenda pública y volvió a mostrarse públicamente con Massa, uno de los principales impulsores de la Ley Alivio Fiscal para monotributistas.

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Aunque se había planificado un acto en el Museo del Bicentenario, finalmente la promulgación sólo consistió de una foto en el despacho presidencial junto a Massa y diputados oficialistas, entre los que estaban Germán Martínez, Cecilia Moreau, Leandro Santoro, Paula Penacca y Eduardo Valdés.

Cabe destacar que, el proyecto de Alivio Fiscal para monotributistas y autónomos aprobado en el Congreso la semana pasada al filo de la fecha en la que la AFIP realiza la recategorización de las escalas del régimen simplificado.

La intención de la ley de alivio fiscal es evitar que los monotributistas deban cambiar de categoría o salir del régimen simplificado, producto de los aumentos en las facturaciones derivados de los altos índices de inflación.

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En ese sentido, la ley consiste, por una parte, en ampliar los topes de facturación para cada una de las categorías del monotributo y, por otra parte, en modificar las deducciones especiales al impuesto a las Ganancias de autónomos para elevar el mínimo no imponible de ese tributo.

Los cambios impactarán positivamente en la situación económica de 4.498.419 monotributistas, de los cuales el 39% residente en el Área Metropolitana Buenos Aires (AMBA) y el 61% restante en el resto del país.

En tanto, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) instrumentó esta tarde que la recategorización semestral del monotributo se habilitará del 11 al 29 de julio y el vencimiento del pago de la obligación mensual se extenderá al 27 de julio.

Alivio fiscal: las escalas del monotributo

De acuerdo a la ley aprobada, la facturación que podrá alcanzar cada categoría del monotributo será la siguiente:

  • Categoría A: $ 748.382
  • Categoría B: $1.112.459
  • Categoría C: $1.557.443
  • Categoría D: $1.934.273
  • Categoría E: $ 2.277.684,56
  • Categoría F: $ 2.847.105,70
  • Categoría G: $ 3.416.526,83
  • Categoría H: $ 4.229.985,60
  • Categoría I: $ 4.734.330,03
  • Categoría J: $ 5.425.770,00
  • Categoría K: $ 6.019.594,89

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