jueves, abril 25, 2024

ARBA abre moratoria para los impuestos Inmobiliario y Automotor: cómo inscribirse

La moratoria ARBA 2021 estará abierta entre el 14 de junio y el 19 de diciembre de 2021.

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La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) dispuso una moratoria para deudas vencidas durante 2020 de los impuestos Inmobiliario, Automotores y Embarcaciones Deportivas, que beneficiará a más de tres millones de contribuyentes bonaerenses.

De acuerdo con la Resolución 16 publicada hoy en el Boletín Oficial del distrito, la moratoria ARBA 2021 incluye beneficios extraordinarios para todos los sectores en el marco de la crisis generada por la pandemia de coronavirus. Se trata de una ampliación de las medidas de acompañamiento, asistencia tributaria y recuperación productiva que instrumenta el gobierno bonaerense desde el año pasado.

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En ese sentido, el director ejecutivo del organismo, Cristian Girard, explicó en redes sociales que "desde el próximo lunes 14, las y los contribuyentes que el año pasado no pudieron pagar el inmobiliario (en todas sus plantas, tanto Básico como Complementario) o la patente podrán regularizar sus deudas".

"Esta moratoria forma parte del conjunto de medidas extraordinarias que dispuso el gobernador Axel Kicillof para auxiliar y acompañar a lxs bonaerenses desde el inicio de la pandemia", subrayó, y explicó que los contribuyentes podrán adherirse directamente desde www.arba.gov.ar.

En ese marco, Girard sostuvo que "los beneficios están segmentados en función de la capacidad de pago de los hogares y empresas, con mayores quitas y facilidades para quienes fueron más perjudicadas por el contexto de pandemia".

Además, se precisó que la moratoria ARBA 2021 beneficiará a más de tres millones de familias y empresas bonaerenses, mediante un esquema progresivo de condonaciones, que prevé hasta un 100% de quita en intereses y multas para quienes sufrieron las peores consecuencias de la pandemia.

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El programa de regularización de deudas estará abierto entre el 14 de junio y el 19 de diciembre de 2021, y abarcará deudas de tributos patrimoniales vencidas o devengadas el año pasado, que se encuentren en instancia prejudicial, así como sus intereses y multas.

Las y los contribuyentes podrán suscribirse directamente por internet, ingresando a arba.gob.ar, y tendrán la opción de regularizar su deuda en hasta 24 cuotas.

Los beneficios estarán segmentados en función de la capacidad de pago de las familias y empresas, priorizando las mayores quitas y facilidades para quienes fueron más perjudicadas por el contexto de pandemia.

 

 

Esas quitas irán decreciendo con el paso del tiempo, de manera que el programa favorecerá, en mayor medida, a las y los contribuyentes que adhieran tempranamente a la moratoria, en especial durante los primeros dos meses de vigencia.

Girard recordó, además, que desde ARBA se instrumentaron "diversas medidas -como la eliminación de retenciones y la suspensión de embargos-  para asistir a comercios, microempresas y pymes en esta situación extraordinaria que nos toca atravesar".

 

Moratoria de ARBA 2021: qué deudas quedan excluidas

 

  • Las deudas correspondientes a los Impuestos Inmobiliario y Automores, verificadas en concurso preventivo o quiebra.
  • Las deudas correspondientes a los Impuestos Inmobiliario y Automores, reclamadas mediante juicio de apremio o provenientes de planes de pago caducos.
  • Las deudas correspondientes a los Impuestos Inmobiliario y Automores, respecto de los cuales se haya dictado sentencia penal condenatoria por delitos que tengan conexión con el incumplimiento de las obligaciones tributarias que se pretenden regularizar.
  • Las deudas correspondientes a tributos no incluidos en el artículo 1º de la presente.
  • Las multas dispuestas de conformidad con lo establecido por los artículos 60, párrafo segundo, 62, inciso a), 72, 82 y 91 del Código Fiscal -Ley Nº 10397 (T.O. 2011) y modificatorias).

 

Moratoria ARBA: cuáles son los requisitos

 

En su artículo tres la normativa define que los requisitos serán “establecer que el inmueble, vehículo automotor o embarcación deportiva o de recreación a que se refieran las deudas que se pretenden regularizar deberá encontrarse, a la fecha de formalización de acogimiento, asociado en un cien por ciento (100%) a la CUIT, CUIL o CDI del o de los contribuyentes que correspondan, conforme surja de las bases de datos de esta Agencia de Recaudación, y adherido, a la misma fecha, al Sistema “Boleta Electrónica ARBA” (Resolución Normativa Nº 48/2017 y su modificatoria, Resolución Normativa Nº 14/2019). Asimismo, si el contribuyente -o al menos uno (1) de los contribuyentes, según el caso- se encontrara inscripto en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, será requisito para acceder a los beneficios establecidos en esta Resolución que dicho/s sujeto/s haya/n presentado, a la fecha de formalización del acogimiento, la totalidad de las declaraciones juradas de los anticipos de este tributo correspondientes a los meses de junio de 2019 a diciembre de 2020, ambos inclusive.

 

Moratoria ARBA inmobiliario y automotor 2021: cuáles son las formas de pago

 

 

Moratoria de ARBA: cuál es la cuota mínima para acogerse

 

El importe de las cuotas no podrá ser inferior al que, para cada supuesto, se indica a continuación:

  • Impuestos Inmobiliario en su componente básico y a los Automotores, exclusivamente con relación a vehículos automotores: $50.
  • Impuestos Inmobiliario en su componente complementario y a los Automotores, exclusivamente con relación a embarcaciones deportivas o de recreación: $1.000.

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