El exmilitar del área de Inteligencia del Ejército Mario Ocampo fue condenado a prisión perpetua por la justicia federal de San Martín, que lo consideró coautor responsable de crímenes de lesa humanidad cometidos contra 47 militantes de la organización Montoneros entre 1979 y 1980, en el Juicio Contraofensiva II.
El Tribunal Oral Federal (TOF) 4 de San Martín dio a conocer la sentencia sobre Ocampo, a quien se le imputaron los delitos agravados de homicidios, tormentos y privación ilegítima de la libertad, cometidos de forma premeditada y con alevosía contra perseguidos políticos, según la lectura de la sentencia.
Además, los jueces rechazaron la aplicación de las leyes de Punto Final 23.492 y Obediencia Debida 23.521, revocaron la prisión domiciliara a Ocampo, previo un examen de salud al imputado, y ordenaron su traslado a la Unidad del Servicio Penitenciario Federal.
La fiscal federal Gabriela Sosti celebró los resultados de la sentencia en el marco del juicio contraofensiva montonera y marcó la importancia de "revocar la prisión domiciliaria". "Era lo que esperábamos en función de las acusaciones y el desarrollo. Era una consecuencia lógica la condena", explicó Sosti.
La fiscal federal también remarcó sobre el juicio contraofensiva sentencia que "los crímenes más graves son aquellos que comete el Estado contra su pueblo, encarnado en estos sujetos" -en referencia a Ocampo- y llamó a "no naturalizar la prisión domiciliaria".
En la sala del tribunal dispusieron imágenes en blanco y negro de las víctimas sobre las sillas y estuvieron también presentes sus familiares, algunos en forma presencial y otros en forma virtual, como parte del Juicio Contraofensiva II.
Las víctimas de Ocampo fueron militantes de la organización Montoneros, quienes entre 1979 y 1980, regresaron a la Argentina desde el exilio para llevar a cabo acciones de resistencia contra la dictadura cívico militar que entonces gobernaba Argentina.
Por la mañana, el imputado formuló sus últimas palabras y, luego de un intervalo para deliberar, el tribunal dio a conocer su veredicto en el juicio contraofensiva sobre el exintegrante del Destacamento de Inteligencia 201 del Ejército con asiento en la guarnición militar de Campo de Mayo.
Tras un extenso alegato que se prolongó durante cuatro jornadas, la fiscal Sosti había pedido prisión perpetua para el imputado, por considerarlo coautor penalmente responsable de privación ilegítima de libertad agravada, aplicación de tormentos y homicidio doblemente agravado en 47 oportunidades, y por allanamiento ilegal de homicidio en dos casos.
Sosti había argumentado también que los hechos analizados durante el debate del juicio contraofensiva montonera debían ser calificados como genocidio y no sólo como crímenes de lesa humanidad, ya que esta categoría "no llega a definir los alcances de los delitos en juzgamiento".
"Es fundamental recuperar la identidad de la masacre y nombrarla por su verdadero nombre: genocidio. Excede el dolo de una privación ilegal de la libertad, de un tormento, de un homicidio, sino que la voluntad estuvo expuesta en un daño mayor que incluye esas conductas específicas, pero las supera", sostuvo Sosti sobre el juicio contraofensiva sentencia.
En el Juicio Contraofensiva II se analizó el segundo tramo de la causa que se sigue por los delitos de lesa humanidad que se cometieron durante la represión ilegal a los militantes montoneros que participaron de la denominada "contraofensiva".
juicio contraofensiva: otras condenas por crímenes de lesa humanidad
En junio pasado, el mismo tribunal del juicio contraofensiva montonera condenó, luego de un debate de dos años, a perpetua a Roberto Dambrosi, exjefe de la Compañía de Actividades Psicológicas del Batallón 601 de Inteligencia; a Juan Firpo, exjefe de la Central Contrainteligencia y jefe de la División Seguridad del Batallón de Inteligencia 601; a Jorge Bano, quien integró la Sección Operaciones Especiales (SOE) de la guarnición de Campo de Mayo; a Eduardo Ascheri, también integrante de la SOE de Campo de Mayo; y a Marcelo Sixto Courtaux, jefe de Actividades Especiales de Inteligencia y Contrainteligencia del Destacamento de Inteligencia 201.
Los imputados del Juicio Contraofensiva II recibieron condenas por delitos de lesa humanidad en perjuicio de 94 víctimas, cometidos por el aparato de inteligencia del Ejército que utilizó como base el predio militar de Campo de Mayo, donde funcionó un centro clandestino de detención ilegal.
Los crímenes se perpetraron además en otros países, como Perú, España, Brasil y Bolivia, donde las estructuras de la inteligencia militar persiguieron a las víctimas con la información que habían obtenido en base a las torturas aplicadas a los cautivos.
Los jueces del tribunal, Esteban Rodríguez Eggers, María Claudia Morgese y Matías Mancini, aplazaron la condena de Norberto Apa, por razones de salud, pero tras una evaluación médica lo sentenciaron el 15 de julio a la pena de prisión perpetua como autor de delitos de lesa humanidad perpetrados contra 88 víctimas.