miércoles, abril 24, 2024

El Enacom endureció sanciones para empresas que incumplan la prestación a sus clientes

El organismo dispuso los nuevos montos de multas a las firmas que no cumplan con el servicio.

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Este miércoles, el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) aprobó un nuevo régimen de sanciones para el sector de los servicios de tecnologías de la información y las comunicaciones, en caso de que incumplan sus obligaciones en la prestación a sus clientes.

En ese marco, la entidad estableció multas, suspensiones, clausuras, caducidad de licencias e inhabilitación de la licenciataria y sus directivos, mediante la resolución 221/2021 publicada en el Boletín Oficial.

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Además, el Enacom resolvió que las empresas deberán pagar la multa antes de poder acceder al recurso de alzada, que les permite reclamar la revisión de la sanción, como medida para evitar acciones dilatorias por parte de los sancionados.

A partir del nuevo régimen, el organismo podrá aplicar multas que irán desde 50 veces el equivalente a la Prestación Básica Universal para el Servicio Básico de Telefonía -actualmente en $380-, hasta 200.000 veces ese valor.

Por lo mismo, las sanciones podrán ser de entre $19.000, como monto mínimo, y alcanzar los $76 millones. Asimismo, el Ente podrá aplicar multas por cada día en que persista el incumplimiento de la obligación, para evitar estafas a los usuarios.

Al respecto, el Enacom aclaró que las multas deberán ser abonadas dentro de los 20 días hábiles luego de la notificación del acto administrativo por el cual se impuso, bajo apercibimiento de ejecución.

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En caso de que la empresa sancionada acepte realizar un pago voluntario, la multa podrá ser reducida en un 50% del monto total. Por otra parte, el organismo podrá disponer de manera accesoria por un plazo máximo de seis meses, la suspensión de la comercialización de servicios.

En esa línea, la entidad también podrá proceder a la clausura de los establecimientos y proceder a la caducidad de la licencia o del registro de servicios, según la normativa oficializada esta mañana.

Del mismo modo, el Enacom podrá decidir la caducidad, la inhabilitación de la licenciataria y de los integrantes de sus órganos directivos por cinco años y tendrá la facultad de disponer el inmediato reintegro de las sumas facturadas, deducidas o percibidas, en favor de los clientes afectados.

El nuevo sistema de sanciones se dispuso días después de que las empresas Telefónica y Claro reintegraran a sus clientes los importes cobrados indebidamente durante los meses de enero y febrero.

 

 

En ese momento, la firma Telecom informó a la entidad que no devolvería el dinero, por lo que el Enacom declaró “en rebeldía” a la empresa y restaba confirmar el peso de la sanción según la disposición oficial en materia tarifaria.

"La mayoría de las empresas cumplió. Telecentro y Direct TV devolvieron los importes, ahora lo están haciendo Telefónica y Claro, y sólo Telecom decidió no acatar con la ley", detalló entonces el vicepresidente de la entidad, Gustavo López.

En ese sentido, el funcionario señaló que “el Estado va a actuar conforme a la ley hasta las últimas consecuencias, porque el servicio público no se discute”, y anunció que resolverían con la Defensoría del Pueblo el siguiente paso para que Telecom devuelva el aumento.

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