El gobierno bonaerense creó una comisión que trabajará para que se cumpla el cupo laboral trans que por ley estipula que el 1% de los puestos de trabajo del sector público bonaerense deberá ser ocupado por personas travestis, transexuales y transgénero.
La medida, que busca hacer cumplir la Ley 14.783, fue dispuesta por una resolución conjunta entre los ministerios de Trabajo y de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual, publicada hoy en el Boletín Oficial del distrito.
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Este domingo, la comunidad LGBTIQ+ festejó su día del orgullo, una respuesta política al odio desatado contra este colectivo, que se celebra desde 1970 en conmemoración a las revueltas que tuvieron lugar el 28 de junio de 1969 en un bar de Nueva York.
En tanto, la medida determina que la comisión estará integrada por dos representantes titulares y dos suplentes de las carteras que conducen Mara Ruiz Malec y Estela Díaz, y será presidida por el Ministerio de Trabajo.
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Asimismo, la comisión deberá dictar su reglamento de funcionamiento, analizar las barreras u obstáculos para la efectiva inserción laboral de las personas trans y proponer a las autoridades los cambios normativos o legislativos necesarios para remover esas barreras.
Por otra parte, se tendrán que establecer estrategias de intervención conjunta, es decir que el mecanismo de consulta se hará con las organizaciones representativas del sector, así como con los gremios
La comisión también deberá requerir información a los entes obligados por la ley, elaborar informes, recomendaciones e intimaciones a los entes obligados y establecer los mecanismos para el monitoreo del cumplimiento del cupo laboral trans.
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El Gobierno bonaerense subrayó que la creación de la comisión pretende "garantizar la igualdad efectiva, el respeto y la inclusión social y laboral del colectivo trans y permitirá contar con una herramienta fundamental para el logro del objetivo de igualdad real de oportunidades en el empleo público”.
Cabe destacar que el cupo alcanza a todo el Estado Provincial, sus organismos descentralizados, las empresas del Estado, las municipalidades, personas jurídicas de derecho público no estatal creadas por Ley, las empresas subsidiadas por el Estado y las empresas privadas concesionarias de servicios públicos.