jueves, abril 25, 2024

Ganancias: AFIP aclaró qué indemnizaciones deben pagar el tributo

El organismo oficial detalló cuáles son las indemnizaciones por despido que están alcanzadas por el impuesto a las Ganancias.

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) aclaró mediante la circular 4/2021 publicada en el Boletín Oficial cuáles son las indemnizaciones o gratificaciones por despido que están alcanzadas por el impuesto a las Ganancias.

La norma precisa que cuando se trata de empleados que no desempeñan cargos directivos o ejecutivos, las indemnizaciones o gratificaciones no están alcanzadas por el impuesto a las Ganancias.

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Además, para el caso de empleados con cargos directivos o ejecutivos, las indemnizaciones estarán gravadas por Ganancias, sólo en el monto que exceda los importes indemnizatorios previstos en el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo.

La AFIP detalló que los cargos ejecutivos pagarán Ganancias.
La AFIP detalló que los cargos ejecutivos pagarán Ganancias.

Este artículo fija una indemnización equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de tres meses. Así los altos cargos estarán alcanzados por el impuesto a las Ganancias.

Asimismo, la circular de la AFIP aclaró qué pasa en el caso de despido con el conjunto de conceptos que le queda cobrar al trabajador. El organismo explicó si están alcanzados por el impuesto a las Ganancias.

Así para todos los empleados, las vacaciones no gozadas, sueldo anual complementario, bonificaciones convencionales, indemnización por preaviso, sueldos atrasados, entre otros, se encuentran alcanzadas por el gravamen.

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