La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires desestimó una medida cautelar presentada por padres que pedían la vuelta a las clases presenciales de sus hijos, tras las restricciones por la pandemia que rigen hasta el próximo 30 de abril.
También, el máximo Tribunal bonaerense giró a la primera instancia tres amparos por el mismo tema, entre ellos los de los intendentes de Vicente López, Jorge Macri, y San Isidro, Gustavo Posse.
De ese modo, la Corte devolvió a la primera instancia los tres amparos que solicitaban el regreso a las aulas, pero no emitió opinión sobre el fundamento, si no que basó su fallo en la competencia.
En ese sentido, fuentes judiciales aclararon que en ninguno de los tres casos la Suprema Corte se pronunció sobre el fondo de los planteos, ya que resolvió que el tribunal competente para ello era el que recibió dichos amparos.
Es que, según el fallo judicial, la procedencia de medidas cautelares y la continuidad del trámite judicial de acciones de amparo corresponde a la primera instancia de la Justicia bonaerense.
Cabe destacar que el meollo del conflicto inició con el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) Nº241/2021, firmado por el presidente, Alberto Fernández, donde, entre otras cosas, suspendía las clases presenciales en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) hasta el 30 de abril.
A partir del descontento que generó el DNU en algunos sectores y la crítica de la oposición, algunos padres presentaron cautelares, en consonancia con las acciones legales iniciadas por los intendentes de San Isidro, Gustavo Posse, y Vicente López, Jorge Macri.
Por lo mismo, el tribunal bonaerense desestimó la solicitud de los padres de algunos alumnos que concurren a escuelas de Tigre por considerar que “no se cumple prima facie el requisito de verosimilitud que exige el otorgamiento cautelar”.
Según la Suprema Corte, si bien los demandantes cuestionan una medida de carácter provincial “si esas normas no se hubiesen dictado, el decreto Nacional produciría las consecuencias desfavorables que se plantean en este proceso”.
En esa línea, el Tribunal afirmó que la restricción viene impuesta obligatoriamente por el referido acto de la autoridad nacional y recordó que ya existe un planteo ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, bajo su jurisdicción originaria.
Por ello, el fallo estipuló que no surge “de bases verosímiles que la afectación a los derechos de los actores hubiese sido causada por las normas provinciales que ellos cuestionan”.
En ese marco, la Suprema Corte consideró también que “el pronunciamiento sobre la validez o no del decreto Nacional N°241/21 es un resorte cuyo conocimiento escapa a la competencia del Tribunal en el marco de la acción de inconstitucionalidad local”.
De esta manera, el Tribunal aseguró que la resolución de los amparos deberá resolverse en la primera instancia, pero añadió que no corresponde a la Justicia bonaerense dictaminar sobre la cuestión, puesto que el decreto que suspendió las clases inicialmente fue nacional.
Intendente de San Isidro, Gustavo Posse.
Por eso, la Suprema Corte giró a la primera instancia tres amparos que se habían presentado ante su competencia, entre ellos los radicados por los intendentes de Vicente López, Jorge Macri y de San Isidro, Gustavo Posse.
El Tribunal manifestó al respecto que los planteos efectuados no daban cuenta de una disputa de competencia de la Provincia y Municipios, sino de la impugnación de lo dispuesto por la Provincia mediante dos reglamentos.
Jefe comunal de Vicente López, Jorge Macri.
En tales condiciones, la Corte recordó su jurisprudencia tradicional en la materia y consideró no configurado los requisitos de la vía procesal señalada, determinando que los juicios sigan su trámite ante los organismos judiciales de la Provincia en los que fueron iniciados.