viernes, abril 19, 2024

La Provincia oficializó la licencia de 12 días para los trabajadores de la salud

Podrá ser fraccionable en dos tramos y ser interrumpida de manera inmediata por razones de fuerza mayor.

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El Gobierno de la provincia de Buenos Aires oficializó la licencia excepcional COVID-19 de 12 días destinada a los trabajadores de la salud que estuvieron en la primera línea de batalla contra la pandemia.

De esa manera, a través de la Resolución 155 publicada hoy en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo bonaerense formalizó el anuncio que había formulado días atrás el ministro de Salud, Daniel Gollán.

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Así, el personal de salud cualquiera sea el régimen estatutario al que pertenezca, así como a residentes y becarios podrán acceder al “Descanso Excepcional Covid-19.

Esa licencia "consistente en la dispensa de prestar labores presenciales o remotos por el termino máximo de 12 días corridos, el cual podrá fraccionarse hasta en dos períodos, sin afectar la percepción de las remuneraciones normales, ni los adicionales".

De igual modo, la licencia se autorizará para quienes ejerzan las funciones directivas en las distintas dependencias del Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires.

"Quienes ejerzan las funciones directivas en las dependencias del Ministerio de Salud podrán disponer el otorgamiento del descanso excepcional en tanto se encuentre garantizada la capacidad de asistencia sanitaria del sistema de salud", se añadió.

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El descanso podrá ser interrumpido de manera inmediata por razones de servicio en cualquier estadio, por la autoridad que haya dispuesto su otorgamiento, pudiéndose hacer uso del remanente de días, una vez finalizada la causal.

 

 

En los fundamentos de la resolución se remarcó la necesidad de "proteger la salud física y mental de los trabajadores y las trabajadoras del Ministerio de Salud, quienes constituyen uno de los sectores más críticos y exigidos".

Por ello, se explicó, se implementó "un mecanismo que permita a los mismos, la posibilidad de hacer uso de un descanso excepcional, que los dispensará de prestar labores, tanto presenciales como de carácter remoto”.

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