jueves, diciembre 5, 2024

Los estatales volvieron a trabajar a las oficinas públicas por la baja de contagios Covid

Los empleados de la administración pública nacional retomaron las actividades este miércoles, ante la “gran cobertura de la campaña de vacunación”.

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El Gobierno nacional implementó el regreso a la presencialidad en las oficinas públicas por parte de los trabajadores estatales desde este miércoles, con una modalidad programada y alternada, ante la baja de contagios de coronavirus.

Así, los empleados de la administración pública nacional retomaron desde hoy sus tareas en forma presencial, medida que fue decidida ante el avance del plan de vacunación contra el Covid y el subsecuente alivio de la pandemia.

La vuelta a la presencialidad de los trabajadores públicos a partir de septiembre fue oficializada el 17 de agosto pasado, por medio de la Resolución 91, de la secretaria de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros, Ana Castellani.

En ese sentido, la medida comprende a todos los trabajadores de la Administración Pública Nacional del país, quienes en marzo del año pasado, al dictarse el aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO) pasaron a trabajar en forma remota.

La medida se resolvió porque "se alcanzaron altas coberturas de vacunación con una dosis” y que “la evolución de la pandemia mostró un descenso de casos en la mayoría de las jurisdicciones”, sostuvieron desde la Secretaría de Gestión y Empleo Público.

“Resulta necesario brindar pautas reglamentarias para éste nuevo período de presencialidad programada”, fijó la norma de mediados de agosto al confirmar el regreso a las dependencias públicas a partir de septiembre.

En ese aspecto, el Gobierno estableció el "retorno a la actividad laboral presencial de los trabajadores que hubieren recibido al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el COVID-19”.

La convocatoria vale para cualquier empleado que haya recibido una de las vacunas “autorizadas en la Argentina, luego de 14 días posteriores a la inoculación, independientemente de la edad y la condición de riesgo”.

Por otra parte la norma estableció que la modalidad de prestación de trabajo deberá ser notificada fehacientemente por su superior jerárquico a cada agente por lo menos 72 horas hábiles antes de su efectivo cumplimiento.

Quedan exceptuados de la obligatoriedad del trabajo presencial sólo los empleados con inmunodeficiencias, categoría que comprende a los pacientes oncológicos, con HIV, y trasplantados, y a las personas gestantes.

A la par, las oficinas de recursos humanos de los distintos organismos y jurisdicciones deberán solicitar a quienes fueren convocados, el correspondiente Certificado de Vacunación, al cual podrán acceder desde la aplicación Mi Argentina.

 

 

De acuerdo con la resolución, los agentes que sean citados en forma fehaciente para realizar trabajo presencial y no lo cumplieren, “serán pasibles de las sanciones que correspondan de conformidad con el régimen disciplinario aplicable”.

A su vez, podrá realizarse el trabajo remoto cuando, por la adecuación a los protocolos de cuidado contra el COVID-19 aprobado por la Comisión de Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, sea necesaria la alternancia de la modalidad presencial.

En estos casos de alternancia entre presencialidad y trabajo remoto, la normativa recordó que se deberán contemplar “las situaciones de las madres, padres o tutores de niños de hasta 13 años inclusive, que asistan alternadamente a los establecimientos educativos”.

 

 

Asimismo, se podrán prestar servicios presenciales, en un esquema mixto, que incluye a tiempo parcial, en fracciones no inferiores al 50% de la jornada normal, habitual y permanente dispuesta para la categoría de revista de cada agente, o hasta 20 horas semanales, sin exceder la carga horaria prevista para la categoría de cada agente.

Finalmente, cuando los trabajadores hagan uso de la modalidad de trabajo remoto, deberán indicar el domicilio en el que desarrollará sus tareas mediante una declaración jurada, y se deberá además notificar a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo respectiva la nómina de incluidos en esta característica.

Cabe destacar que el retorno a la presencialidad a las dependencias públicas ya se inició en algunas provincias, como en Buenos Aires, donde el Gobierno bonaerense ya implementó la vuelta a las oficinas de los empleados públicos vacunados, luego de los 21 días de la inoculación.

 

 

En ese marco, el criterio para llamar o no al personal quedó a cargo de los responsables de cada organismo estatal provincial, y en caso de que el trabajador esté en proceso de vacunación, debe presentar la constancia que dé cuenta de su inscripción en el padrón.

Asimismo, las mujeres embarazadas, las personas mayores de 60 años, personas inmunosuprimidas, pacientes en tratamiento oncológico y personas con enfermedades respiratorias crónicas, cardiovasculares, obesidad mórbida o insuficiencia renal crónica, pueden elegir no asistir a su lugar de trabajo.

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