viernes, abril 19, 2024

Temporada libre de humo: en Mar del Plata, prohíben fumar en los balnearios privados

El Concejo Deliberante de Mar del Plata aprobó una ordenanza que prohíbe fumar en balnearios privados y unidades turísticas fiscales.

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Este miércoles el Concejo Deliberante de Mar del Palta aprobó modificaciones a la ordenanza que regula las prohibiciones para fumar tabaco en la localidad bonaerense (N°20.104), al incorporar a los balnearios privados y a las playas públicas dentro de los espacios en los que está vedada la actividad. Sin embargo, el texto deja abierta la puerta a crear lugares para fumadores.

El proyecto de ordenanza de balnearios libres de humo, que fue presentado por la concejala radical Marianela Romero en 2020, originalmente no contemplaba a las playas municipales, pero al incorporarlas durante el debate legislativo, compromete al Municipio a accionar en espacios de su competencia.

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Los cambios en la normativa presentada por la concejala Romero fueron aprobados por amplia mayoría, con la excepción del voto negativo de Alejandro Carrancio, concejal por La Libertad Avanza, partido liderado por Javier Milei. De esta manera, las reformas comenzarán a regir en Mar del Plata a partir del 1 de diciembre de 2023.

Es preciso mencionar que, el proyecto incorpora modificaciones a una ordenanza que ya rige en Mar del Plata que fija la prohibición de fumar en espacios abiertos y cerrados, así como también aplica reformas al Código Contravencional municipal en lo que respecta a infracciones y sanciones.

Las multas, que irán desde los $15 mil hasta los $156 mil para lugares con áreas de juegos para niños, y de $52.292 a $313.755 para los espacios cerrados públicos o privados con acceso público correrán a partir de diciembre de 2025. En ese sentido, el proyecto contempla que el gobierno marplatense lleve a cabo una “aplicación gradual de la normativa en las playas públicas” hasta llegar a la totalidad.

El proyecto aprobado rememora un decreto del exintendente Carlos Arroyo que estableció las “playas libres de humo”. En eses texto, se contemplaba tanto las playas públicas, como los balnearios privados, a la vez que atendía la necesidad de generar espacios delimitados para fumadores y recipientes para el desecho de las colillas.

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El último cambio introducido a la ordenanza N°20.104, aprobado en 2019, prohibió fumar “en todos los espacios cerrados con acceso público del Partido de General Pueyrredón”. A esa modificación además se le incorporó la correspondiente prohibición de fumar en plazas, parques y paseos públicos donde existan áreas de juego para chicos, areneros y lugares con circuitos aeróbicos.

Mar del Plata: los puntos clave de la ordenanza

De esta manera, y con las modificaciones concretadas, el proyecto final de ordenanza prohíbe “fumar o sostener tabaco encendido o similar” en los siguientes lugares:

  • Plazas, parques, paseos y espacios públicos donde existan áreas de juegos para niños y niñas, areneros y lugares con circuitos aeróbicos y/o sectores para la práctica de deportes y recreación infantil públicos.
  • En todos los espacios cerrados públicos o privados con acceso público.
  • En playas administradas por el Estado municipal, concesiones de prestación de servicios turísticos otorgadas por otros niveles jurisdiccionales y balnearios del sector privado.

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