viernes, marzo 29, 2024

Más que un gesto: aprueban una reforma a la ley del Colegio de Gestores de la provincia

El proyecto aprobado ayer en el Senado de la provincia introduce cambios a la norma que rige desde 1986. Los detalles.

En la quinta sesión del año, el Senado bonaerense aprobó un proyecto que busca reformar íntegramente la ley del Colegio de Gestores de la provincia de Buenos Aires.

Ninguna persona podrá desempeñar la actividad de gestor sin estar inscripta en la matrícula del mismo. Dicha actividad está sujeta a las reglas del Código Civil y Comercial de la Nación”, señala el articulado.

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Los requisitos para formar parte del Colegio son tener domicilio en la provincia, contar con el título habilitante, acreditar buena conducta, no haber sido inhabilitado, abonar un monto a la institución y rendir una prueba.

Decretada la inscripción, el peticionante quedará habilitado para ejercer las actividades, debiendo el Colegio expedir a su favor una credencial y sello”, señala el texto que ahora deberá ser aprobado en Diputados.

El Colegio tendrá como función contener las actividades de los profesionales y hacer que se cumpla la ley que los contempla. Además, podrá decretar las sanciones disciplinarias para quienes caben la suspensión, la quita de matrícula y multas.

Resulta necesario contar con un Colegio para control de la matrícula, la lucha contra el ejercicio ilegal de la profesión, la capacitación continua y la aplicación de las nuevas herramientas tecnológicas”, señala la norma.

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La ley que crea el cuerpo de profesionales data de 1965, aunque recién en 1986 se pudo implementar. Desde ese momento la norma no ha recibido modificaciones por parte de la Legislatura.

“Las nuevas exigencias de este mundo cada vez más tecnificado, hacen que resulte necesario contar con un Colegio cada vez más profesionalizado, eficiente y que esté más cerca de sus matriculados”, explica el proyecto.

 

QUÉ AGREGA LA REFORMA

 

1) La incorporación del requisito de Técnico Superior en Gestoría para matricularse y la eliminación de algunos requisitos que terminaban siendo excesivos (informe de anotaciones personales y buena conducta).

2)  Se establecen incompatibilidades relativas, permitiendo también poder desempeñarse en otros ámbitos laborales.

3)  El Código de Ética permitirá regular más adecuadamente la conducta profesional de los matriculados.

4) Para garantizar el ejercicio ilegal de la Profesión se establece con rango de Ley la “Autorización de Gestión” una herramienta que el Colegio de Gestores la venía empleando con buenos resultados en diferentes organismos Provinciales (I.P.S., Registro de la Propiedad Inmueble, etc.) y en los Municipios.

5) La elección directa y nominativa de los consejeros, asegurará que el matriculado conozca que cargos ocuparán cada integrante de la lista, dando un salto de calidad institucional y poniéndose en consonancia con la reforma Constitucional de 1994.

6) La implementación del correo electrónico permitirá que el Colegio y el Colegiado estén más cerca y puedan acceder a toda la información en forma más rápida y segura.

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