domingo, junio 30, 2024

Dos normativas legales dificultan la designación de Karina Milei y Rodolfo Barra

Corren peligro la asunción de Karina Milei como Secretaria General de la presidencia y de Rodolfo Barra en la Procuración General del Tesoro.

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En la definición a contrareloj que encara el jefe de Estado electo, Javier Milei, para la designación de las personas que faltan completar con el Gabinete que entrará en funciones el 10 de diciembre próximo, corren peligro la asunción de Karina Milei como Secretaria General de la presidencia y de Rodolfo Barra como titular de la Procuración General del Tesoro.

Si bien, el caso de Karina Milei no fue anunciado aún por la Oficina del Presidente Javier Milei, método que eligió el libertario para comunicar los nombres de quienes integrarán su gabinete, no hizo referencia al caso de la hermana del jefe de Estado electo, es fuerte el rumor de que estaría designada para ocupar la Secretaría General de la presidencia.

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En torno al caso de Karina Milei puntualmente, existe el decreto 93/2018 que fue firmado por el expresidente, Mauricio Macri, que determina que no se pueden designar a familiares de personas que incluyan la plantilla de titularizaciones en el Estado nacional, incluidas el cónyuge y la unión convivencial.

No podrán efectuarse designaciones de personas, bajo cualquier modalidad, en todo el sector público nacional, que tengan algún vínculo de parentesco tanto en línea recta como en línea colateral hasta el segundo grado, con el presidente y vicepresidente de la Nación, jefe de Gabinete de ministros, ministros y demás funcionarios con rango y jerarquía de ministros”, reza el decreto.

Cabe mencionar que, los libertarios consultados al respecto por los medios nacionales aclararon que en ambos casos se evaluará la particularidad, y que en el caso de Karina Milei, la respuesta por parte del presidente electo podría ser con la utilización de designación por decreto.

Por su parte, el impedimento legal que alcanza al sí, ya designado y duramente cuestionado, Rodolfo Barra, es la ley 18.777 que determina que por la edad de ex juez de la Corte Suprema de Justicia y ex ministro de Justicia de gobierno de Carlos Menem no podría asumir en la titularidad de la Procuración General del Tesoro.

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“El Procurador del Tesoro de la Nación deberá ser ciudadano argentino, no menor de treinta ni mayor de setenta años, abogado con el título habilitante expedido o revalidado por Universidad Argentina y contar por lo menos con ocho años de antigüedad en la profesión”, indica la ley, al tiempo que Barra tiene 75 años, por lo que supera el límite de edad.

En efecto, la Secretaría General de la presidencia es la encargada de manejar la agenda del mandatario, entre sus principales funciones, en tanto que la Procuración General de la Nación es quien representa al Estado en juicios de relevante significación económica o institucional.

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