sábado, abril 20, 2024

Kicillof define donde habilitar la venta online, la industria, y a dentistas, médicos y ópticas

El Gobernador bonaerense tiene luz verde para resolver en qué municipios aplicarán las 11 excepciones que definió el Gobierno nacional en las últimas horas.

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El Gobierno Nacional empezó a delinear su cuarentena administrada luego de recibir los pedidos de los gobernadores e intendentes y definió habilitar, aunque con determinadas restricciones, 11 rubros en 22 distritos del país, entre ellos la provincia de Buenos Aires.

En este sentido, la Decisión Administrativa 524/2020 de la Jefatura de Gabinete emitida este sábado por la noche incluye al territorio gobernado por Axel Kicillof dentro de las provincias que pueden darle curso a las excepciones, que van desde la venta online, hasta la atención médica y odontológica programada.

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Según establece la norma, cada provincia "deberá dictar las reglamentaciones necesarias pudiendo limitar el alcance de las mismas a determinadas áreas geográficas o a determinados municipios o establecer requisitos específicos para su desarrollo que atiendan a la situación epidemiológica local”.

La resolución también señala que "podrán ser dejadas sin efecto por cada Gobernador o Gobernadora, en el marco de su competencia territorial, en forma total o parcial, en virtud de las recomendaciones de la autoridad sanitaria provincial y la evolución epidemiológica de la pandemia Covid-19".

Es decir, queda en manos de los gobernadores, en este caso Kicillof, analizar en qué municipios se podrá avanzar en las excepciones, atendiendo a cada reclamo puntual de los intendentes. Sin embargo, se deja abierta la posibilidad de que el Jefe de Gabinete “deje sin efecto” las decisiones de los Ejecutivos.

Tal como publicó Diputados Bonaerenses, la que presentó Kicillof a Santiago Cafiero incluyo el pedido de levantamiento de restricciones puntuales en un centenar de distritos. Ahora, resta esperar la forma le darán el Gobierno bonaerense y los intendentes, con supervisión de la Jefatura de Gabinete de la Nación.

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Las 11 actividades exceptuadas:

 

1- Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.

 

2- Oficinas de rentas de las provincias, de la ciudad autónoma de Buenos Aires y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.

 

3- Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.

 

4- Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público.

 

5- Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedadescrónicas, con sistema de turno previo.

 

6- Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.

 

7- Ópticas, con sistema de turno previo.

 

8- Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagoscorrespondientes.

 

9- Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.

 

10- Producción para la exportación, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo

 

11- Procesos industriales específicos, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.

 

De acuerdo a la norma, "las actividades y servicios quedan autorizados para funcionar, sujetos a la implementación de los protocolos sanitarios que cada jurisdicción establezca, en cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales"

"En todos los casos se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio del nuevo coronavirus", agrega el texto.

En tanto, aclara que "los desplazamientos de las personas alcanzadas deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades y servicios exceptuados por la presente", mientras que "las empleadoras y los empleadores deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad".

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