jueves, marzo 28, 2024

Punto por punto, todas las claves de la nueva ley de alquileres y de educación a distancia

Los inquilinos tendrán contratos de tres años con actualizaciones anuales, tendrán ampliaciones en las garantías y reduce el gasto de garantías. Los ejes centrales.

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El Senado de la Nación sancionó este jueves en la cuarta sesión remota la nueva ley de alquileres y de educación a distancia, y giró a Diputados con modificaciones la suspensión por 180 días de la inscripción de las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS).

Como relató Diputados Bonaerenses, fue otra jornada con encendidos contrapuntos políticos y en la que los bloques de Juntos por el Cambio y Cambio Federal, otra vez abandonaron la sesión y se desconectaron del “recinto virtual”. Repasa los puntos centrales de la ley de alquileres y los cambios a la de educación.

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LEY DE ALQUILERES

 

Establece la extensión de los contratos de dos a tres años y la actualización anual de los precios, en lugar de ser de forma semestral como ocurre actualmente.

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El aumento anual deberá hacerse sobre un índice conformado por las variaciones mensuales del Índice de Precios al Consumidor (IPC) y el de salarios (RIPTE).

 

Los contratos de locación deben ser declarados por el locador ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), un punto relevante porque evitará la firma de contratos "en negro".

 

La AFIP deberá definir el plazo y la forma de esta declaración, por lo que obligara a los propietarios a "blanquear" el ingreso que perciben por el alquiler, algo que generó contrapuntos en anteriores ocasiones sobre el tema.

 

Se crea un registro legal de alquileres lo que aceleraría los procesos de desalojo, dado que en muchos casos se demora el trámite judicial con supuestos contratos de alquiler -que luego resultan apócrifos- para argumentar estafas.

 

Amplía las garantías que podrá presentar el inquilino ante el locador, al contemplar tanto la garantía propietaria, como el seguro de caución, el aval bancario, la garantía de fianza o fiador solidario y el recibo de sueldo.

 

Establece de modo taxativo que las expensas extraordinarias serán responsabilidad del propietario, quedando a cargo del inquilino solo las ordinarias, que incluyen los gastos habituales del edificio (salario del encargado, limpieza y otros conceptos).

 

Reduce el depósito de garantía a un monto equivalente a un mes de alquiler para tratar de evitar que se cobren dos meses o a veces más.

 

Crea el Programa Nacional de Alquiler Social para la adopción de medidas que faciliten el acceso a la vivienda y se dispondrá de mecanismos de bajo costo o gratuitos para la resolución de conflictos derivados de los contratos de locación.

 

LEY DE EDUCACIÓN A DISTANCIA

 

La ley de enseñanza a distancia para menores de 18 años estipula que se podrá recurrir a esa modalidad de emergencia cuando así lo habiliten el ministerio de Educación y cada una de las jurisdicciones, como ocurre ahora con las restricciones impuestas por el aislamiento social, preventivo y obligatorio ante la pandemia de Covid-19.

 

• Fija que "excepcionalmente, previa declaración fundada de esa cartera en acuerdo con el Consejo Federal de Educación cuando la escolaridad presencial -total o parcial- sea inviable, y únicamente en caso de epidemias, pandemias, catástrofes o razones de fuerza mayor que impidan la concurrencia a los establecimientos educativos, será permitido transitoriamente el desarrollo de trayectorias educativas a distancia para los niveles y las modalidades de la educación obligatoria para menores de 18 años".

 

Determina que para aplicar esta metodología de estudio "deberá atenderse la provisión de recursos tecnológicos y de conectividad que promuevan la igualdad educativa con condiciones de calidad".

 

• En el contexto de la excepcionalidad que pueda plantear una epidemia, pandemia o catástrofe que impida la concurrencia a las escuelas e institutos de enseñanza, deberán adoptarse disposiciones para la reorganización pedagógica e institucional del régimen académico y de la capacitación docente.

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