jueves, abril 18, 2024

Denuncian que “quieren dejar impune” el asesinato del preso del Penal de Florencio Varela

Así lo definió la Cámara de Apelaciones y Garantías de Quilmes, quienes minimizaron la responsabilidad de los agentes penitenciarios bonaerenses en el homicidio del joven.

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La Comisión Provincial por la Memoria (CPM) denunció que la Cámara de Apelaciones y Garantías de Quilmes revocó la prisión domiciliaria para Eliana Daniela Heidenreich, integrante del Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB) y una de las imputadas por el crimen de Federico Rey, asesinado durante un motín en una cárcel de Florencio Varela.

De esa manera, el fallo votado por los magistrados Pablo Barbieri y Alejandro Cascio resolvió calificar el hecho ocurrido el 22 de abril como un homicidio culposo y ordenó al Juez de Garantías expedirse sobre la necesidad de mantener la prisión preventiva de los imputados.

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“Esta decisión es regresiva desde una perspectiva de derechos humanos y promueve la impunidad penitenciaria”, señaló la CPM, que también argumentó que la decisión de los jueces fue en la misma línea que lo manifestado por la defensa de la acusada, que sostiene que no hubo intención de matar a Federico.

En rigor, Barbieri y Cascio sostuvieron que la integrante del SPB recibió el arma ya cargada y no sabía que tenía balas de plomo. “Un argumento defensista que se contrapone con las pruebas evidentes e intenta licuar las responsabilidades”, afirmaron desde el organismo provincial de derechos humanos.

“Todos reconocieron por las detonaciones producidas que se estaba disparando con balas de plomo; Heidenreich con años de servicio no podía desconocerlo y, sin embargo, disparó al menos tres veces, tampoco ningún agente penitenciario podía desconocer que el uso de esas municiones está prohibido dentro de la cárcel”, apuntó la CPM.

En una primera instancia, la resolución de prisión preventiva consideraba que existían peligros procesales por las características particulares del hecho, las condiciones personales de los imputados y las características de los eventos investigados. Darío Bergonzi y Gastón Ábila también fueron imputados por el delito de encubrimiento agravado por sus funciones.

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Sin embargo, ahora, la sala II de la Cámara de Apelaciones y Garantías del departamento judicial de Quilmes hizo lugar a argumentos de las defensas y resolvió modificar la calificación del hecho como un asesinato culposo y consideró que la muerte de Federico se debió a la negligencia o ligereza de la imputada en un marco de situación confuso.

“Es una clara expresión de la brutalidad penitenciaria y el nulo respeto a los derechos de las personas privadas de su libertad. Es la función de la Justicia no convalidar esta violencia y garantizar una investigación profunda de los hechos que castigue a todos los responsables”, remarcó la Comisión por la Memoria.

El joven fue asesinado por el impacto de tres balas de plomo, cuyo uso está prohibido dentro de unidades penitenciarias, en medio de una brutal represión a detenidos que se encontraban reclamando medidas de prevención al covid-19.

Posteriormente a lo ocurrido en la Unidad Penal 23 de Florencio Varela, las autoridades penitenciarias construyeron y difundieron la versión de una pelea entre presos para garantizar la impunidad, que fue desmentida con los resultados de la autopsia

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