viernes, abril 19, 2024

Qué dice el decreto que extiende el aislamiento hasta el 30 de agosto

En la medida del Gobierno el Área Metropolitana de Buenos Aires sigue en fase 3 y las provincias con rebrotes de coronavirus retroceden a fase 1.

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El Gobierno oficializó el decreto que prolonga hasta el 30 de agosto de la fase 3 del aislamiento social en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) y el retorno a la fase 1 en las provincias que sufrieron rebrotes de coronavirus.

Según detalla el texto, que lleva del firma del presidente Alberto Fernández y su jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, estarán alcanzadas por el “distanciamiento social, preventivo y obligatorio” un conjunto de provincias.

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Entre las que están incluidas en esa etapa son Catamarca, Chaco, Chubut, Córdoba, Corrientes, Entre Ríos, Formos, La Pampa, Mendoza, Misiones, Neuquén, Río Negro, San Juan, San Luis, Santa Fe y Tucumán.

Por otro lado, el “aislamiento obligatorio” abarcará los departamentos de Manuel Belgrano, Ledesma, El Carmen y San Pedro de Jujuy; la capital y el departamento de Chamical en La Rioja; y el departamento General José de San Martín en Salta.

Los departamentos de Capital y Banda en Santiago del Estero; Güer Aike en Santa Cruz; Río Grande en Tierra del Fuego; los 35 del AMBA y la ciudad de Buenos Aires, también estarán en fase 3 del aislamiento obligatorio.

Durante la fase de aislamiento obligatorio permanecerán prohibidas las siguientes actividades:

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-Clases presenciales en todos los niveles y todas las modalidades.

Eventos públicos y privados: sociales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos y o cualquier otro que implique la concurrencia de personas.

Centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios, clubes y cualquier espacio público o privado que implique la concurrencia de personas.

Servicio Público de Transporte de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional, salvo para los casos previstos en el artículo 23 de este decreto.

Turismo.

 

Por su parte, durante la vigencia tanto del “aislamiento social” como del “distanciamiento social” se deberá mantener el distanciamiento social, el uso de tapabocas en espacios compartidos y los protocolos de higiene.  

Del mismo modo, las empresas y comercios que funcionen deberán respetar las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias provinciales y nacionales.

Tal como había anunció Alberto Fernández, siguen prohibidos “los eventos sociales o familiares en espacios cerrados y en los domicilios de las personas, en todos los casos y cualquiera sea el número de concurrentes”.

La misma restricción corre en todos los ámbitos de trabajo para “la reunión de personas para momentos de descanso, esparcimiento, comidas, o cualquier otro tipo de actividad, que se realice en espacios cerrados sin distancia social”.

Al igual que durante los últimos 150 días, quedan exceptuadas de la prohibición de circular las personas afectadas a las actividades y servicios esenciales y los trabajadores no esenciales cuyos empleadores garanticen el traslado.

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