martes, abril 16, 2024

Caso Sacoccia: confirman la pena por “homicidio simple” para Alexis Sturzenegger

A pesar de que la justicia platense mantuvo la calificación del detenido, le redujo dos meses la condena a 9 años de prisión.

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El Tribunal de Casación de la ciudad de La Plata confirmó la pena por “homicidio simple” para Alexis Sturzenegger, responsable de atropellar a Facundo Saccoccia mientras manejaba alcoholizado, aunque redujo dos meses la condena estimada entre 9 a 10 años y 8 meses de prisión.

Ese fue el único cambio que aplicó la Justicia al aceptar el planteo del abogado defensor, Carlos Carnevale, sobre el buen concepto informado del automovilista, que no había sido tenido en cuenta en abril del año pasado, cuando el mismo juzgado impuso la sanción.

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En tanto, la doctora Marcela Melcon, representante de la familia de Saccoccia, ya adelantó que pedirá la detención de Sturzenegger, ya que "aumentan los peligros procesales a medida que avanza la causa". No obstante, esto tendrá que ser resuelto por los jueces bahienses que dictaron el fallo de origen.

Vale recordar, que el siniestro se produjo durante una lluviosa madrugada, en Rincón al 4100, cuando el Peugueot 306 que manejaba el hombre, hoy de 43 años, impactó (a 75 kilómetros por hora o más) la moto guiada por el chico de 17, quien murió en el acto.

Las condiciones climáticas, la imprudencia, la falta de cumplimiento de las reglas de tránsito y el estado de ebriedad (al menos 0,7% de alcohol en sangre cuando el máximo permitido es 0,5%), fueron los principales motivos de la calificación y los argumentos de la pena.

Bajo esas circunstancias, para el Tribunal en lo Criminal Nº 2 quedó comprobado que Sturzenegger sabía que al haber tomado cerveza durante 3 horas previas al hecho podía cometer un crimen como el que se le atribuyó. 

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"Asumir la conducción en estado de ebriedad, el conocimiento por parte del imputado del lugar de acaecimiento y la velocidad que imprimió a su vehículo, invadiendo frontalmente el sentido contrario al tránsito reglamentario de los otros rodados”, sostiene el documento judicial.

De hecho, los jueces Víctor Violini, Ricardo Maidana y Ricardo Borinsky, de la Sala III de Casación, confirmaron los argumentos de homicidio simple con dolo eventual y descartaron el homicidio culposo, pretendido por la defensa del acusado.

"Aun así, el imputado actuó con indiferencia por los dañosos resultados y con desprecio de los bienes jurídicos que lesionaba, incluyendo su propia vida y la de la persona que transitaba a bordo del vehículo embestido, en definitiva, las circunstancias reseñadas tornan a mi criterio imposible la contemplación de que la conducta del encartado haya sido culposa como lo menciona el recurrente”, agrega el fallo.

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