viernes, marzo 29, 2024

El Senado convirtió en ley el proyecto que prohíbe la venta de tierras incendiadas

La iniciativa del presidente del bloque del Frente de Todos, Máximo Kirchner, fue sancionada por 41 votos a favor, 28 en contra y una abstención.

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El Senado sancionó hoy una ley que protege los ecosistemas de los incendios accidentales o intencionales y prohíbe la venta de terrenos incendiados en plazos de entre 30 y 60 años para evitar prácticas especulativas y emprendimientos inmobiliarios.

La iniciativa, impulsada por el presidente del bloque del Frente de Todos, Máximo Kirchner, fue aprobada por 41 votos aportados por el oficialismo, contra 28 de Juntos por el Cambio y una abstención del senador del FdT por Corrientes Carlos "Camau" Espínola.

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La oposición rechazó la norma por considerar que "es inconstitucional". "Perjudica a los productores agropecuarios que no podrán disponer de sus tierras en caso de incendio, sean o no intencionales”, argumentaron.

Por el contrario, la miembro informante del oficialismo, Ana Almirón, aseguró que hubo 900 mil hectáreas afectadas en 22 provincias y que "más del 90% de los incendios se dieron producto del accionar del hombre, intencional o por descuido".

En este sentido, Almirón rechazó las críticas de opositores que sostienen que se trata de medidas contrarias a los productores agropecuarios. "No podemos permitir que algunos vivos hagan negocios justamente con la afectación del medio ambiente", consideró.

En tanto, la senadora del Pro, Gladys González, afirmó que afirmó que la ley "mezcla todo" (si un incendio fue intencional o accidental) y acusó al FdT de quedarse a medias con este tipo de propuestas que buscan proteger el medio ambiente.

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“Una ley que busca proteger todo en verdad no quiere proteger nada", criticó González  y enfatizó: “Acá hubo diputados que no se animaron a sugerirle modificaciones a quien por estas horas pareciera que va a ser su próximo candidato a presidente (Máximo Kirchner)”.  

La norma, modifica la ley 26.815, de Manejo del Fuego, para que se establezca que quedarán prohibidos desde la extinción de incendios realizar modificaciones en el uso y destino de esas superficies así como cualquier emprendimiento inmobiliario.

El artículo 22 bis establece que "en caso de incendios, sean estos provocados o accidentales, que quemen vegetación viva o muerta, así como en áreas naturales protegidas debidamente reconocidas y humedales, se prohíbe por 60 años desde su extinción modificar en el uso y destino que dichas superficies poseían con anterioridad al incendio".

También se prohibirá durante ese lapso "la división o subdivisión, excepto que resulte de una partición hereditaria, el loteo, fraccionamiento o parcelamiento, sea parcial o total, o cualquier emprendimiento inmobiliario, distinto al arrendamiento y venta, de tierras particulares".

Por otro lado, el texto prevé no permitir "la venta, concesión, división, subdivisión, loteo, fraccionamiento o parcelamiento, total o parcial, o cualquier otro emprendimiento inmobiliario y cualquier actividad agropecuaria que sea distinta al uso y destino que la superficie tuviera al momento del incendio".

 

 

Otra de las legisladoras que se manifestaron en contra fue la cordobesa, Laura Rodríguez Machado, quien opinó que el proyecto "es cero federal" e "inconstitucional", ya que afecta "el derecho de propiedad privada".

En la misma sintonía, el senador y ex productor agropecuario, Alfredo De Angeli, pidió que la propuesta vuelva a comisión, pero su iniciativa fue rechazada tras una votación. "Esto no resuelve el problema de los incendios, para eso hay que hacer políticas de prevención, de control y de manejo. Están estigmatizando a los productores", aseveró.

El proyecto, venia con media sanción de la Cámara de Diputados. El 18 de noviembre, fue aprobada por 132 votos a favor y 96 negativos en el marco de una extensa sesión en la que hubo fuertes cruces entre oficialismo y oposición

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