miércoles, abril 24, 2024

Senadores dictaminó el proyecto de ley de blanqueo de capitales para la construcción

La iniciativa del Ejecutivo nacional prevé que los fondos declarados se destinen a obras privadas nuevas y a aquellas que posean un avance inferior al 50%.

Categorías:

El proyecto de ley que propone incentivos tributarios para impulsar el blanqueo de capitales que se destinarán a obras privadas obtuvo dictamen favorable en un plenario de las comisiones del Senado tras la media sanción en la Cámara de Diputados.

La iniciativa, impulsada por el Gobierno nacional, exime del impuesto de Bienes Personales a la construcción de nuevas obras que se efectúen en un plazo de dos años, además de brindar un crédito fiscal para computar contra este gravamen igual al 1% del monto invertido.

- Publicidad -

En tanto, la propuesta determina que quienes declaren voluntariamente activos en pesos o dólares y los destinen a construcciones desde cero, pagarán un único impuesto con una alícuota creciente en el tiempo y dispondrán de un "blanqueo fiscal" respecto a lo que pudiera corresponder por esos fondos.

Según el texto, las personas que oficialicen sus capitales antes de los 60 días de promulgada la ley pagarán un impuesto del 5%, mientras las que lo hagan entre los 61 y 90 días pagarán un único tributo del 10%, y las que realicen su declaración entre los 91 y 120 días abonarán un 20%.

En el plenario de Infraestructura, Vivienda y Transporte y de Presupuesto y Hacienda, el secretario de Políticas Tributarias del Ministerio de Economía, Roberto Arias, destacó la necesidad de "incentivar inversiones en construcciones". "La idea es atender a la industria de construcción que tuvo una caída muy importante", explicó.

Vale recordar, que el proyecto fue consensuado entre el Gobierno, la Cámara Argentina de la Construcción (Camarco) junto a la Unión Obrera de la Construcción (Uocra), la Cámara Empresaria de Desarrolladores Urbanos (CEDU) y la Asociación de Empresarios de la Vivienda (AEV).

- Publicidad -

En ese sentido, el senador del Frente de Todos por Neuquén, Oscar Parrilli, planteó la necesidad de lograr un acuerdo de precios con quienes producen bienes para evitar el aumento de insumos ya que, "hay sectores que cuando el Estado ayuda, se aprovechan para obtener más rentabilidad".

Por su parte, la presidenta de la comisión de Infraestructura, Vivienda y Transporte, María Teresa González, sostuvo que "con esta ley se agrega la repatriación de moneda extranjera al país para volcarlo al circuito argentino" y aseguró que el efecto de la reactivación es "multiplicador" por la generación de empleo.

 

PUNTOS CLAVE DEL BLANQUEO

 

  • La iniciativa tendrá vigencia desde que salga y hasta cumplidos los 120 días.

 

  • Quien ingrese pagará un impuesto especial por los fondos blanqueados que será del 5% desde la fecha de entrada en vigencia de la ley hasta sus 60 días posteriores; del 10% entre quienes ingresen el día 61 y hasta transcurrido un plazo de 30 días; y del 20% entre los días 90 y por hasta un nuevo plazo de 30 días de corrido.

 

  • Quienes se adhieran al blanqueo no pagarán el impuesto de Bienes Personales al valor de sus inversiones realizadas, hasta el 31 de diciembre de 2022 inclusive: desde el período fiscal que se efectivice la inversión y hasta aquel en que se produzca la finalización de la obra privada nueva, hasta un plazo máximo de dos períodos fiscales.

 

  • Un beneficio adicional es la consideración como pago a cuenta del 1% de las inversiones efectuadas en estas condiciones, a cuenta del impuesto a los bienes personales que sea consecuencia de los restantes bienes (como automotores, créditos, existencia de dinero, bienes muebles u otros bienes inmuebles.

 

  • Los titulares de inmuebles o de derechos sobre inmuebles, gozarán del diferimiento del pago del Impuesto a la Transferencia de Inmuebles de Personas Físicas y Sucesiones Indivisas o del Impuesto a las Ganancias. Es decir, que quienes vendan su terreno a una desarrolladora para realizar una construcción privada nueva y tengan que pagar los gravámenes correspondientes por la transacción, podrán abonar al momento del cobro.

 

  • No podrán participar del blanqueo todas aquellas personas que desde 2010 en adelante hayan ocupado puestos de presidente y vicepresidente de la Nación, gobernador, vicegobernador, jefe o vicejefe de gobierno de la Ciudad de Buenos Aires o intendente municipal, senador o diputado nacional, provincial o de la Ciudad, o concejal municipal.

 

  • Además de Parlamentario del Mercosur, jueces del Poder Judicial nacional, provincial, municipal o de la Ciudad, magistrados del Ministerio Público nacional, provincial, municipal, embajadores, cónsules, personal de las fuerzas armadas o de seguridad, rectores, decanos o secretarios de cualquier universidad, funcionario o empleado con categoría o función no inferior a la de director nacional o equivalente, personal legislativo o de servicios de inteligencia, entre otros.

Más Leídas

Destacadas