viernes, abril 19, 2024

Repro II: la AFIP abrió la inscripción del programa para el pago de los salarios de marzo

La entidad oficializó la apertura del registro para el Programa de Recuperación Productiva del tercer mes de 2021, que durará hasta el viernes.

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Las empresas podrán realizar desde este lunes y hasta el viernes próximo el trámite de inscripción para la nueva ronda del Programa de Recuperación Productiva II (REPRO II), para los salarios de marzo.

La inscripción será, como hasta ahora, a través de la página web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), quien se encarga mes a mes de corroborar el trámite que realizan las empresas.

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En esta oportunidad, según lo determinado por el Ministerio de Trabajo, los meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación son febrero de 2020 y de 2021.

En caso de corresponder, se les pedirá a los empleadores un conjunto de indicadores económicos, patrimoniales y financieros, como el balance del último ejercicio (2019 o 2020) y Declaración jurada del empleador o empleadora de la veracidad del Informe Socio-Económico-Laboral.

Asimismo, no se considerará la facturación para las empresas iniciadas a partir del primero de diciembre de 2019, y el mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia será febrero último.

En cuanto a los empleadores que hayan iniciado su actividad en una fecha posterior al 12 de marzo de 2020, se considerará a los efectos del programa, la actividad económica vigente al momento de la inscripción.

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Para los salarios de febrero, la AFIP registró la inscripción de 554.000 trabajadores y un total de 15.000 empresas. El monto de la asistencia oscila entre los $9.000, $ 12.000 y $18.000 por trabajador, según si son sectores productivos críticos o de salud.

Cabe destacar que el Repro II es una herramienta diseñada por el Gobierno para sostener el empleo en sectores con dificultades económicas, y la asistencia a las empresas consiste en el pago de una suma mensual a los trabajadores a cuenta de sus correspondientes remuneraciones.

Sin embargo, a mediados de noviembre del año pasado, cuando se lanzó la segunda edición de este plan, se introdujeron nuevas condiciones para las empresas, como que la inscripción para recibir esta ayuda fuera mensual.

Es que, los beneficiarios comenzaron a definirse por “la cantidad de empleadores postulantes, la situación económica, patrimonial y financiera de los mismos, las condiciones imperantes de la economía nacional y el presupuesto asignado al Programa”, informaron desde el Gobierno en su momento.

Finalmente, se volvió a cambiar la normativa y se decidió que se podían postular a este beneficio las firmas que “hayan sido consideradas críticas en el marco del ATP” y todas las que sean del ámbito de la salud, tal como se previó en la norma anterior.

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