sábado, abril 20, 2024

Excombatientes van a la Corte contra el fallo que anuló la causa de torturas en Malvinas

Desde el Centro de Ex Soldados Combatientes de Malvinas de La Plata calificaron la resolución judicial como “una vergüenza”.

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El Centro de Ex Soldados Combatientes de Malvinas de La Plata (CECIM) anunció que acudirá a la Corte Suprema tras el fallo dictado ayer por la Cámara de Casación Penal que convalidó que no son delitos de lesa humanidad las presuntas torturas cometidas por militares argentinos contra soldados de su propia tropa durante la guerra.

Desde el Cecim consideraron que la resolución “reproduce conceptos que se dan de patadas con las obligaciones que la República Argentina ha asumido”, además de ser “arbitrario, infundado, despótico, contrario al derecho internacional, multiplicador de prejuicios y revictimizante”.

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En la práctica, el fallo implicaría la suspensión de las 15 indagatorias previstas desde el 8 de junio al 7 de julio próximos, además de la resolución de la situación procesal del exgeneral de Brigada Omar Edgardo Parada, indagado el pasado 21 de abril, y la elevación a juicio de la causa respecto de los tres primeros procesamientos firmes: el de Miguel Ángel Garde, Belisario Gustavo Affranchino Rumi y Gustavo Adolfo Calderini.

En este sentido, desde la organización de excombatientes calificaron la resolución judicial como “una vergüenza” y acusaron a los jueces Barroetaveña y Petrone de “reproducir una épica militar y patriarcal” que “no aprobaría un examen de derecho constitucional y/o de derecho penal en una universidad pública”.

Más intenten silenciarnos o desalentarnos, más activarán la inteligencia colectiva en aras de que logremos, en conjunto, escribir el Nunca Más de Malvinas”, remarcó por medio de un comunicado la entidad.

La Cámara de Casación Penal, con otra integración diferente de la actual, ya había dictado una resolución en 2009, considerando que los presuntos estaqueamientos y enterramientos de soldados durante el conflicto bélico de 1982 no podían ser clasificados como delitos de lesa humanidad porque no formaban parte de un plan sistemático del Estado.

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La medida benefició a Jorge Eduardo Taranto, un exsubteniente del Regimiento 5 de Paso de los Libres, a quien señalaban como partícipe de cinco hechos de torturas a los soldados Edgardo Oscar Arnoldo, Daniel Mártires González, Gustavo Andrés Nadal, Rosendo Prado y Juan de la Cruz Martins.

El fallo de Casación no fue apelado ni por la Fiscalía ni por las querellas y se consideró firme, mientras que, por ese motivo, la Corte Suprema de Justicia rechazó su revisión en 2015 y el caso fue planteado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Ahora, llegó a la instancia casatoria la situación de Jorge Oscar Ferrante, quien en 1982 era oficial del Regimiento de Infantería 5 y cuya defensa planteó ser alcanzado por el precedente de Taranto.

 

 

Ante ello, los jueces Diego Barroetaveña y Daniel Petrone entendieron, con la disidencia de la jueza Ana María Figueroa, que el organismo ya se había expedido sobre la cuestión en 2009 y que no podía volver a hacerlo, porque lo resuelto tenía valor de “cosa juzgada”.

“Es decir que, sin emitir su opinión personal, acerca de si se trata o no de delitos de lesa humanidad, correspondía hacer valer el criterio del tribunal en 2009, con lo que el efecto es el mismo y Ferrante será seguramente sobreseído también”, analizaron voceros judiciales. 

 

Procesamientos por torturas en Malvinas  

 

A principios de abril la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia confirmó el procesamiento sin prisión preventiva de tres militares retirados y dictó la falta de mérito de un cuarto en la causa que investiga torturas a soldados de la propia tropa durante la guerra de Malvinas.

Con votos de Javier Leal de Ibarra y Aldo Suárez, la Cámara confirmó el procesamiento de Eduardo Gassino, Gustavo Calderini y Miguel Ángel Garde, en tanto consideró que no existen elementos suficientes para procesar pero tampoco para sobreseer a Belisario Affranchino Rumi, que sigue imputado en la causa.

Los magistrados coincidieron con la jueza federal fueguina Mariel Borruto al considerar que se trató de delitos de lesa humanidad aunque modificaron su criterio al definirlos como “vejaciones” y no como “imposición de tormentos”, calificaciones ambas asimiladas al concepto de torturas en los tratados internacionales suscriptos por la Argentina.

 

 

Los estaqueamientos y enterramientos en Malvinas, que comenzaron a investigarse en 2007 a partir de una denuncia del entonces subsecretario de Derechos Humanos de Corrientes, Pablo Vassel, no fueron hechos aislados o aleatorios sino que “presumiblemente formaron parte de una agresión, desplegada por la superioridad contra el personal subalterno, que por lo menos habría gozado de la aquiescencia del Estado”, indicaron los camaristas.

Juzgaron como una “práctica corriente realizada por el personal superior” la aplicación de “sufrimientos, consistente en la privación injustificada de alimentos, aplicación de sanciones ilegitimas y degradantes”, que definieron como parte de una “política de supremacía de los altos mandos por sobre los soldados más rasos”.

Los soldados Mario Sánchez y Ramón Salvador Caballeros “habrían sido estaqueados de pies y manos por más de dos días, ocasión en que se habría producido un bombardeo sobre la posición, lo que habría provocado la muerte de los nombrados”, apuntan los camaristas al enumerar los casos por los que dictaron los procesamientos.

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