jueves, marzo 28, 2024

Kicillof oficializó en tiempo récord la ley que lo habilita a comprar vacunas contra el coronavirus

El Gobierno bonaerense publicó la norma que fue sancionada en una semana en el Boletín Oficial.

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El Gobierno bonaerense oficializó en tiempo récord la ley sancionada ayer en el Senado provincial y avalada una semana atrás por la Cámara baja que autoriza a la Provincia de Buenos Aires a “iniciar negociaciones y celebrar contratos” para la compra de vacunas contra el coronavirus.

Facúltase al Poder Ejecutivo, a través de los Ministerios de Salud y Jefatura de Gabinete de Ministros, durante la vigencia de la emergencia sanitaria a iniciar negociaciones y celebrar los contratos -incluso en moneda extranjera- previo informe fundado de la autoridad sanitaria provincial”, explicita el artículo uno de la norma.

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El texto publicado en el Boletín Oficial establece que se podrán “omitir la exigencia de garantías, fianzas y/o cauciones” e “incluirse en los contratos respectivos: cláusulas o acuerdos de confidencialidad; y prescripciones que establezcan condiciones de indemnidad patrimonial respecto de indemnizaciones”.

Además, se determina que el Ejecutivo bonaerense podrá incluir en los contratos “otras reclamaciones pecuniarias, cláusulas que establezcan la prórroga de jurisdicción a favor de los tribunales arbitrales y judiciales con sede en el extranjero; e incluir otras cláusulas acordes al mercado internacional de la vacuna”.

En ningún caso la prórroga de jurisdicción podrá extenderse o comprender a terceros residentes en la República Argentina, sean personas humanas o jurídicas, quienes en todos los casos conservan su derecho de acudir a los tribunales locales o federales del país”, reza el artículo uno.  

En la normativa también quedaron reflejados los cambios al proyecto original que lograron incluir las bancadas de legisladores provinciales de Juntos por el Cambio, relacionados con la transparencia y los mecanismos de control que se aplicarán para rubricar los contratos para adquirir las dosis inoculantes.

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“Establecer que los contratos de adquisición de vacunas, como así también la documentación complementaria y contratos vinculados a su eventual financiamiento, deberán contar con la intervención previa de Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado”, se define.

El otro punto que logró imponer la oposición es que “los acuerdos deberán ser informados a la Comisión Bicameral de Seguimiento, Fiscalización y Control para la Emergencia, con los recaudos correspondientes a los fines de respetar las cláusulas de confidencialidad que pudieran incluirse”.

El Poder Ejecutivo deberá informar cada 60 días y por escrito a dicha comisión sobre toda adquisición, entrega y distribución territorial de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra la COVID-19 obtenidas en el marco de las autorizaciones formuladas por la presente ley”, se agrega.

Al mismo tiempo, la bicameral integrada por diputados y senadores bonaerenses “podrá solicitar de manera fundada el acceso a las cláusulas o acuerdos de confidencialidad que se hayan incluido en los contratos para la adquisición de vacunas”, aunque no podrá revelar el contenido.

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