viernes, marzo 29, 2024

Reglamentan la ley que modifica el monotributo: cómo queda el pase a autónomos

Repasá los puntos importantes de la reforma.

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El Gobierno nacional reglamentó la ley que reforma el Monotributo, que habilita un puente para los contribuyentes de las categorías más altas entre el Régimen Simplificado y el General (autónomos), donde se pagan Ganancias e IVA.

En ese marco, la ley aprobada a comienzos de abril reformó el Monotributo para ofrecer un conjunto de beneficios fiscales a quienes eran excluidos del régimen antes de las modificaciones.

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De esta manera, la reglamentación alivia la carga de quienes, al convertirse en autónomos, acumulan deudas fiscales muy difíciles de afrontar. Los cambios estimulan el paso voluntario al régimen general.

Para los casos de monotributistas cuya facturación superó el límite más alto del régimen hasta un 25%, se contempla que puedan mantenerse en su actual condición durante el período fiscal 2021.

Quienes superaron ese monto tendrán que pasar al régimen general y la norma establece una transición para que los contribuyentes puedan afrontar los pagos de Ganancias y de IVA.

En ese caso, por ejemplo, si un monotributista que presta servicios y se encuentra registrado en la categoría H durante el 2020 superó el límite de facturación en un 20% quedaría excluido del monotributo con la norma anterior.

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A pesar de eso, como el trabajador del ejemplo no superó el tope de 25% establecido en la ley tiene la opción de permanecer dentro de la categoría H del monotributo por el resto del año.

Al respecto, para seguir como monotributista la persona deberá abonar alrededor de $70.000 en concepto de impuesto integrado y de aporte a la seguridad social en caso de superar la facturación.

Si hubiese sido excluido del monotributo como con la normativa anterior, le correspondería ingresar más de $940.000 en concepto de IVA y Ganancias, por lo tanto, la nueva ley permite un “el ahorro fiscal de $870 mil”.

 

El Congreso nacional modificó el Régimen de Monotributo.

El proyecto, además, crea un “puente” que permite a los monotributistas que se conviertan en autónomos experimentar un ahorro significativo en su carga tributaria con relación al monto que deberían pagar si no se introducen los cambios propuestos.

“La reforma ofrece reducciones del IVA y Ganancias por tres años para los contribuyentes que cambien de régimen”, indicaron desde la AFIP sobre la reciente reglamentación.

En ese sentido, los contribuyentes que se conviertan en autónomos de manera voluntaria tendrán un beneficio adicional que consiste en una reducción del saldo deudor en el IVA.

A la par, el contribuyente que pasa voluntariamente tiene 4 años de beneficio: el primero puede utilizar las compras de los 12 meses previos, el segundo un descuento del 50% de IVA,  el tercero del 30% de IVA y el cuarto del 10% de IVA.​

A su vez se establece un régimen permanente que permite al que pasa del monotributo al Régimen General a utilizar como crédito fiscal los originados en las compras realizadas en los 12 meses anteriores al momento en el cual suceda dicho pase.

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