viernes, abril 19, 2024

La VTV bonaerense deberá constatar que los colectivos lleven cámaras de seguridad

Lo dispuso el Gobierno provincial mediante resolución.

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El Gobierno bonaerense dispuso que la Verificación Técnica Vehicular (VTV) provincial regule y revise la colocación de cámaras de seguridad en los colectivos que se utilicen en el servicio de pasajeros.

La medida, publicada mediante la resolución 35 en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, busca incluir un reaseguro para el personal de las líneas de colectivo así como para los pasajeros.

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En ese sentido, el Ejecutivo estableció que las empresas deberán presentar un plan de instalación de cámaras de seguridad dentro de los 180 días contados a partir de este miércoles, “a ejecutarse en un año".

A su vez, la planificación deberá incluir la colocación “en todas las unidades automotoras que ya se encuentren incorporadas al parque móvil de servicios de transporte público de pasajeros de línea regular”.

En tanto, las unidades que ya cuenten con equipos de cámaras de seguridad, deberán ser homologadas de acuerdo al procedimiento que apruebe la Dirección Provincial de Transporte en su oportunidad.

En esa línea, la resolución remarcó que "el incumplimiento de la colocación y/o portación de la/las cámara/s de seguridad será pasible de sanciones, pudiendo conllevar, inclusive, la desafectación de la unidad".

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A la par, las empresas de líneas de colectivos podrán recibir penalizaciones si se comprueba “el mal funcionamiento de las unidades, y/o cualquier otra acción, hecho o circunstancia que configure una infracción a la normativa vigente”.

"En todos los casos podrá aplicarse como principal o accesoria la inhabilitación temporaria o definitiva de la unidad", se indicó en la normativa oficial y se aclaró que la falta será individual, para cada unidad en infracción a la normativa.

En los fundamentos, la resolución recordó que la Ley N°14.897 estableció la obligación de instalar cámaras de seguridad para todas las unidades de transporte colectivo de pasajeros de jurisdicción provincial y municipal que prestan servicios dentro del territorio bonaerense.

 

 

En ese aspecto, la ley aprobada hace algunos años por la Legislatura bonaerense especificó que el registro fílmico dentro de los colectivos debe ser  en tiempo real y también deberán almacenarse las imágenes, ya que podrían ser solicitadas.

Por lo mismo, la resolución argumentó que “el incumplimiento podrá ser verificado de oficio por la Dirección de Permisos y Habilitaciones, a través de la declaración jurada de parque móvil o de la información proporcionada por el Ente Regulador de la VTV”.

También podrá ser “constatado a través de la fiscalización de los servicios por la Dirección Provincial de Fiscalización del Transporte", organismo que remitirá la información para que se realicen las sanciones, de ser necesario.

"La ausencia o defecto de funcionamiento de la/s cámara/s de seguridad en un vehículo afectado a la prestación del servicio de transporte de pasajeros, constatada por el fiscalizador, constituye infracción a la normativa vigente", concluyó la norma.

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