jueves, marzo 28, 2024

Qué cambia con la nueva reglamentación de la Ley de Talles: los detalles de la norma

Se estableció un sistema único normalizado de identificación tanto para venta de ropa nacional o importada que también incluye calzado y uniformes de trabajo.

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El Gobierno nacional reglamentó la Ley de Talles, que establece un sistema único normalizado de identificación de talles de indumentaria en todo el país a través de un decreto publicado en Boletín Oficial.

El "Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria (Suniti)" (Ley 27.521) rige para quienes comercializan vestimenta nacional o importada, de manera presencial o por medios electrónicos.

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A más de un año y medio de su sanción en la Cámara de Diputados, en el Sistema se encontrarán incluidos además el calzado y los uniformes de trabajo, de acuerdo al decreto 375/2021 conocido este miércoles.

La normativa aclara que dicho sistema deberá ser implementado para la totalidad de la indumentaria, “salvo aquellas prendas expresamente excluidas” como las de alta costura o de diseño de autor.

Asimismo, las prendas confeccionadas a medida y aquellas que se hayan realizado de manera personalizada a pedido de lods consumidores, los accesorios de vestir (corbatas, bufandas, pañuelos, medias, guantes y sombreros) y los implementos destinados a la protección personal en tareas laborales, quedan por fuera de la ley.

El objetivo de la iniciativa es generar "el acceso a información unívoca en materia de talles de indumentaria" y “considerar como acto discriminatorio cualquier práctica abusiva, vejatoria o estigmatizante referida a cualquier característica de los consumidores”.

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Según el texto oficial, "la falta de la estandarización en el sistema de identificación de talles de indumentaria es un problema que tiene repercusión no solo en los distintos sectores de la producción de estos productos sino al interés de los consumidores”.

"Esta temática cobró una significativa importancia en la agenda nacional con el auge del comercio electrónico, circunstancia que se ha visto potenciada durante la pandemia del Covid-19", consignó el decreto.

En cuanto al estudio antropométrico mediante el cual se establecerán las medidas corporales estandarizadas, se dispuso que el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) será el encargado de realizarlo dentro del plazo de 240 días.

 

De acuerdo con lo dispuesto, la Secretaría de Comercio Interior será la autoridad de aplicación de la Ley y en tal carácter estará facultada para dictar las normas complementarias y/o aclaratorias que resulten necesarias para su efectiva aplicación.

A su vez, se creó el "Consejo Técnico Consultivo del Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria", cuya función será examinar y pronunciarse sobre cuestiones referentes a la implementación y difusión de ese sistema.

 

 

De esta manera, el Consejo estará conformado por representantes de la Secretaría de Comercio Interior, de las cámaras sectoriales y de organizaciones de la sociedad civil vinculadas a la temática.

También, formarán parte del organismo un representante de los profesores regulares de las Universidades Nacionales de la carrera de Diseño de Indumentaria y Diseño Textil, un representante del Ministerio de Salud, del Inadi y del INTI.

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