jueves, abril 25, 2024

Promulgan la ley de fortalecimiento de asociaciones de bomberos voluntarios

La normativa contempla exenciones al pago de servicios públicos y devolución del IVA.

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El Gobierno nacional promulgó la ley que otorga beneficios a las asociaciones de bomberos voluntarios, en la que se establecen exenciones al pago de tarifas en los servicios públicos, entre otros beneficios impositivos.

En ese marco, la normativa también prevé el reintegro del IVA en las compras y contrataciones para el cumplimiento de la función del cuerpo de bomberos, además de prestaciones en caso de accidentes.

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De esta manera, se promulgó la ley 27.629 de Fortalecimiento del Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios de la República Argentina, por medio del decreto 386/2021, publicado en el Boletín Oficial.

La promulgación de la norma sancionada el pasado 2 de junio, lleva la firma del presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y la ministra de Seguridad, Sabrina Frederic.

Cabe destacar que la sanción de la ley coincidió con el Día del Bombero Voluntario, una iniciativa presentada por el diputado justicialista Eduardo "Bali" Bucca (Consenso Federal).

A la par, el objetivo de la normativa es hacer más eficiente el uso de recursos para equipamiento y capacitaciones por parte de las asociaciones de bomberos de todo el país.

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Entre los beneficios que otorga la ley se destaca que las "entidades beneficiarias gozarán de un tratamiento tarifario especial gratuito para los servicios públicos de provisión de energía eléctrica, gas natural, agua potable y colección de desagües cloacales".

Ese tarifario especial también incluye la "telefonía fija, telefonía móvil en todas sus modalidades y servicios de las tecnologías de la información y las comunicaciones, que se encuentren bajo jurisdicción nacional".

A su vez, la nueva ley prescribe que el régimen tarifario especial es aplicable a las asociaciones y federaciones de bomberos voluntarios y al Consejo de Federaciones de Bomberos Voluntarios de la República Argentina.

 

 

Los beneficios contemplarán además a la Fundación Bomberos de la Argentina, así como entidades conformantes del Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios, que trabajan en todo el territorio naconal.

Por otra parte, el texto establece además que el sujeto responsable inscripto en el IVA que realice ventas a estas entidades de bomberos voluntarios emitirá sus facturas con IVA tasa cero.

En ese sentido, a norma promulgada prevé ampliar la cobertura ante riesgos y contingencias que los bomberos voluntarios puedan sufrir en el ejercicio de sus funciones.

 

Además, se incluyen prestaciones destinadas a cuidar a los bomberos que sufran algún tipo de accidente, como asistencia médica y farmacéutica, prótesis y ortopedia, rehabilitación y traslados.

Finalmente, la normativa incorporó una prestación económica en el caso de incapacidad laboral temporaria para el personal de Bomberos Voluntarios en el país, a modo de reaseguro.

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