miércoles, abril 24, 2024

Causa AMIA: familiares recusan a los jueces por “inventar” una audiencia para Cristina Kirchner

Los jueces habían aceptado evaluar el pedido de nulidad del juicio, presentado por la vicepresidenta de la Nación.

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Familiares de víctimas del atentado a la AMIA recusaron a los jueces del Tribunal Oral Federal 8,  por “inventar” una audiencia de defensa en el juicio a la vicepresidenta, Cristina Fernández de Kirchner, por supuesto encubrimiento a raíz de la firma del Memorandum con Irán.

Así lo hicieron luego de que el TOF Nº8 hiciera lugar la semana pasada a un planteo de la defensa de la expresidenta y convocara a una audiencia oral y pública para resolver un planteo de nulidad de toda la causa, informaron fuentes judiciales.

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La denuncia fue presentada por Luis Czyzewsky y Mario Averbuch, querellantes en esta causa, quienes perdieron a sus hijas en el atentado del 18 de julio de 1994 en el que murieron 85 personas.

En ese sentido, los abogados de ambos, Tomás Farini Duggan y Juan José Ávila, recusaron y pidieron apartar a los jueces Gabriela López Iñiguez, José Michilini y Daniel Obligado y al fiscal de juicio Marcelo Colombo, por aceptar revisar el pedido de nulidad de Cristina Kirchner.

"A nuestro entender, han expuesto, mediante actos concretos dictados en esta causa, que su imprescindible imparcialidad frente al caso se encuentra seriamente afectada", argumentaron los letrados al conocer la decisión de los jueces.

La recusación cae sobre el Tribunal que prepara el juicio por la denuncia del fallecido fiscal Alberto Nisman, y que resolvió el pasado 18 de junio dar lugar a un planteo de nulidad de la causa, solicitado por la defensa de la expresidenta.

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Por eso, los querellantes además pidieron que se declare la nulidad de esa resolución en la cual los magistrados hicieron lugar al pedido y convocaron -aún sin fecha- a una audiencia previa para resolver el planteo.

Así, la querella por los familiares de víctimas sostuvo que esa decisión debe ser declarada nula porque se trata de "la invención de una audiencia no prevista en el Código Procesal Penal de la Nación”.

A la par, los letrados que recusaron al Tribunal arguyeron que la audiencia servirá “para tratar planteos prescriptos, (solo) con fines políticos" en lo que sería un "intento para frustrar el juicio" antes de que inicie.

 

 

En el escrito, se aludió a una "tentativa" para "duplicar lo ocurrido en la causa Dólar futuro" en la cual la Cámara Federal de Casación resolvió sobreseer por "inexistencia de delito" a todos los procesados, entre los que también estaba la vicepresidenta.

En dicha causa, la vicepresidenta también se defendió en una audiencia en la que el Tribunal a cargo de la investigación escuchó a las parte, y donde estuvo también el gobernador bonaerense, Axel Kicillof.

En ese sentido, la querella en la causa por la firma del Memorandum con Irán sostuvo que el planteo de nulidad de Cristina Kirchner ante el Tribunal Oral "resulta claramente improcedente”.

 

Fiscal Marcelo Colombo, uno de los recusados en la causa.

“A diferencia de lo acontecido en la causa denominada ‘dólar futuro’, (en este caso) no existe en nuestro sistema procesal una instancia previa al juicio que permita a los imputados tomar la palabra y exponer sin interrupciones, en una audiencia oral y pública", agregó la querella al solicitar la recusación.

Por todo esto, los letrados solicitaron la remoción de los jueces en la causa por el Memorandum con Irán, ya que consideraron que hicieron lugar a una audiencia a “la que le cabe el calificativo de inventada".

Cabe destacar que el TOF Nº8, integrado para este juicio por López Iñiguez, Michilini y Obligado, hizo lugar al planteo para convocar a la audiencia oral y pública pedida por la defensa de la Vicepresidenta, un planteo que había aceptado el fiscal de juicio Colombo.

La defensa de la expresidenta sostuvo en su momento que toda la causa debe ser declarada nula, desde que la Cámara Federal de Casación dispuso la reapertura de la investigación de la denuncia de Nisman, que había sido cerrada por "inexistencia de delito".

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