sábado, abril 20, 2024

Todos los cambios que establece la Ley Justina para multiplicar la cantidad de donantes

Se crea el servicio de procuración en hospitales, se optimizan los procesos para el diagnóstico de muerte y se simplifican los procesos que requieren intervención judicial.

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La Cámara de Diputados sancionó este miércoles por unanimidad la nueva Ley de Trasplante de Órganos, Tejidos y Células, conocida como “ley Justina”. El proyecto modifica la normativa actual, introduciendo una serie de cambios con los que se busca dar respuesta a las 11.000 personas que actualmente se encuentran en lista de espera para recibir trasplantes.

Según las cifras del Incucai, hay 7736 personas que esperan un trasplante de órganos, de los cuales 250 son niños y adolescentes. Otras 2.961 personas están en lista de espera un trasplante de tejidos. Además, 3 mil esperan un trasplante de córneas. Conoce los principales cambios que establece la nueva ley.

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-Se incorpora la declaración de principios, en la que se destacan los principios en los que se enmarca la ley: dignidad, autonomía, solidaridad y justicia distributiva en la asignación de órganos, equidad.
 
-Se explicitan los derechos de donantes y receptores: a la intimidad, privacidad y confidencialidad; a la integridad; a la información y al trato equitativo e igualitario. Se establece la prioridad de traslado aéreo y terrestre de los pacientes con operativos en curso.
 
-Se crea el Servicio de Procuración en los hospitales públicos y privados, que deberán contar con servicios destinados a la donación de órganos y tejidos, que permitan garantizar la correcta detección, evaluación y tratamiento del donante. También se establece un régimen de capacitación permanente para el recurso humano afectado al proceso de donación y trasplante.
 
-Se incorpora la Donación Renal Cruzada.
 
Se mantiene la manifestación de voluntad expresa negativa o afirmativa a la donación de órganos para los mayores de 18 años.
 
Donantes presuntos: se mantiene la posibilidad de realizar la ablación de órganos y/o tejidos sobre toda persona capaz mayor de 18 años, que no haya dejado constancia expresa de su oposición a que después de su muerte se realice la extracción de sus órganos o tejidos.
 
-Menores: se posibilita la obtención de autorización para la ablación por ambos progenitores o por aquel que se encuentre presente.
 
-Se simplifican y optimizan los procesos que requieren intervención judicial.
 
-Certificación del fallecimiento: se simplifican y optimizan los procesos de diagnóstico de muerte. Se seguirá el protocolo establecido por el Ministerio de Salud de la Nación con el asesoramiento del INCUCAI.

Se suma un capítulo dedicado a los medios de comunicación, para el abordaje responsable de los temas vinculados a donación y trasplante de órganos.
Se aprobó la nueva ley de trasplantes

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