viernes, marzo 29, 2024

La Plata: declaran ilegal cobrar el servicio de mesa si el cliente no lo solicita

Un fallo de la Cámara Civil y Comercial dictaminó que los clientes no estarán obligados a pagar por un servicio que no consumen, ni requieren.

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Un fallo de la Cámara Civil y Comercial dictaminó, a partir de una denuncia contra la cadena de restoranes La Trattoria, que los restaurantes de La Plata no podrán cobrar el servicio de mesa si el cliente no lo solicita.

“Si La Trattoría decide, entregar a sus consumidores la panera, el croissant y el recipiente con queso crema o similar a los que identifica como ‘servicio de mesa y/o cubierto’, no puede luego requerir o esperar la negativa a su recepción por parte del cliente a fin de omitir cargar el consumo a su cuenta”, indica el fallo firmado por la jueza Ana Maria Bourimborde y el juez Luis Maggi.

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En la sentencia, los jueces resolvieron que dicho servicio no sólo es mal informado -por violar el derecho básico de los consumidores a una información adecuada y veraz-, sino que también es ilegal, “por la imposición del cobro y por violar el derecho de los consumidores a elegir”.

El texto ordenó que el restaurant La Trattoria, con varias sucursales, informe en todas las cartas “bajo qué circunstancias podrán los consumidores optar por el servicio de mesa y/o cubierto”, y también a aclarar que si eligen dicho servicio “deberán cobrarlo por persona; es decir, multiplicado por la cantidad de comensales que efectivamente los consuman”.

Por otro lado, los jueces ordenaron a la cadena de restoranes a “cesar de inmediato con la práctica de entregar el servicio de mesa y/o cubierto sin requerimiento previo del consumidor y luego cobrar su consumo a falta del rechazo de su recepción”.

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