miércoles, abril 17, 2024

A pedido de Macri: Cambiemos ya ingresó a Diputados la reforma del Régimen Penal Juvenil

Horas después de que el presidente nombrara la baja de edad de imputabilidad en la apertura de sesiones, fue presentado el proyecto en mesa de entradas del Congreso.

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El proyecto de reforma del Régimen Penal Juvenil ingresó a última hora del viernes a la Cámara de Diputados luego de que el presidente Mauricio Macri pronunciara uno de los pocos anuncios legislativos en la apertura de sesiones 2019. “Es mucho más que la baja de un año en la edad de imputabilidad para algunos delitos graves”, aclaró el mandamás.

El proyecto le da una respuesta del Estado a muchos chicos que van camino de convertirse en delincuentes. Y, hay que contenerlos, darles una oportunidad de hacerse responsables de sus actos y ayudarlos a tener un rol positivo en la sociedad”, sostuvo el presidente ante la Asamblea Legislativa.

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La norma pretende establecer la responsabilidad penal de los adolescentes mayores de 15 años y menores de 18 al momento de la comisión del hecho. Según el articulado, las penas pueden ir “de 15 años de prisión a dos o sanciones con pena de multa o inhabilitación como pena principal”.

En el caso de la tentativa, el proyecto establece que esta ley se aplicará también al adolescente que, con el fin de cometer uno de los delitos citados, “comenzare su ejecución pero no lo consumare por circunstancias ajenas a su voluntad”.

El objetivo del sistema de responsabilidad penal juvenil es “fomentar en el adolescente el sentido de la responsabilidad por sus actos y procurar su integración social”. “Con ese objetivo, este régimen comprenderá un abordaje integral, interdisciplinario y restaurativo”, indican los fundamentos.

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En su artículo 10°, la normativa destaca el derecho del adolescente a ser escuchado “cada vez que lo solicitare, en cualquier etapa del proceso y durante la ejecución de la sanción que eventualmente se le hubiere impuesto”.

En lo referido a la privación de la libertad del imputado, la ley apunta que sea “como último recurso, de forma fundada, revisable, y por el plazo más breve posible”. “Los adolescentes no serán pasibles de sanciones privativas o restrictivas de la libertad en función de infracciones de naturaleza contravencional o de faltas”.

En relación a los procesos judiciales contra los menores, se aclara que no podrán ser públicos, excepto que el adolescente, con asistencia letrada, lo solicite. Se prohíbe asimismo “la publicación de nombres, sobrenombres, filiación, parentesco o residencia, como así también cualquier foto”.

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