jueves, marzo 28, 2024

Qué cambia con los límites a la compra de dólares y la obligación de liquidar divisas

Con un DNU el Gobierno estableció controles de capitales para intentar frenar la corrida cambiaria que alimenta un drenaje de reservas destructivo.

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En medio de una tragedia económica de proporciones, con una destrucción de la economía real, un nuevo default y una corrida cambiaria que drenó reservas por USD 13.793 millones en agosto, Mauricio Macri definió establecer medidas de controles de capitales, que durante años calificó negativamente como “cepo”.

Las medidas de urgencia fueron implementadas a través de un DNU firmado el presidente y todo el Gabinete.  Entre los puntos centrales se destacan la restricción a la compra de divisas hasta USD 10 mil, el bloqueo de la remisión de utilidades de las empresas y la obligación a liquidar los dólares de las exportaciones

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1. ¿Cuáles son las restricciones para la compra de divisas? A partir de este lunes las personas humanas podrán comprar hasta USD 10 mil mensuales para atesoramiento. Cualquier operación que supere esos montos, como la compraventa de un inmueble, requerirá de autorización previa del del Banco Central.

 

2. ¿Qué pasa con las cuentas en dólares? las medidas anunciadas en las últimas horas no contemplan ningún tipo de restricción para la extracción de dólares y pesos de las cuentas bancarias. Fue uno de los puntos que buscó aclarar el Gobierno para no generar pánicos en los bancos.

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3. ¿Cómo queda el horario bancario ampliado? Se decidió habilitar la extensión del horario de atención en los bancos de 10 a 17 horas durante septiembre. Según se precisó, la medida será evaluada e implementada a discreción por cada entidad financiera.

 

4. ¿Qué controles a la compra de dólares se impuso a las grandes empresas? El Banco Central decidió no venderle más dólares a las empresas para que los atesoren sin un destino específico, por eso, cualquiera sea la cantidad, deberán solicitar una autorización. En tanto, las operaciones de importación y pago de deudas en moneda extranjera se podrán hacer libremente.

 

5. ¿Qué pasa con las utilidades y dividendos? La remisión de las ganancias a las casas matrices quedará sujeta a la aprobación del Banco Central. Las empresas ya no podrán enviar utilidades y dividendos de manera automática sino que deberán contar con la conformidad previa de la autoridad monetaria.

 

6. ¿Cómo se define la venta de dólares por encima de los límites?: El relanzamiento de los controles cambiarios será acompañado por el renacimiento de la Gerencia de Exterior y Cambios del BCRA aunque tendrá una denominación aggiornada a la retórica oficial. Los parámetros que utilizarán para definir cuáles son las empresas que pueden remitir utilidades al exterior o qué personas pueden adquirir más de 10 mil dólares en un mes todavía no fueron establecidos.

 

7. Liquidación de los dólares de las exportaciones: después de permitir que los exportadores no ingresen los dólares que generaban, el Gobierno decidió establecer plazos para que esas divisas sean liquidadas en el mercado cambiario local. Con el objetivo de aumentar la oferta de dólares, las compañías van a tener que vender los billetes generados por las exportaciones en los 5 días hábiles posteriores al cobro o 180 días corridos después del permiso de embarque (lo que sea más corto). En el caso del sector agroexportador y el resto de las commodities, el plazo en tiempos será de 15 días.

 

8. ¿Qué opciones se establecen para las empresas atrapadas por la reestructuración unilateral de letras de corto plazo? En lugar de cobrar el 15% de sus acreencias al vencimiento y esperar hasta seis meses para cobrar, al momento de la maduración de sus tenencias reperfiladas de Letes, Lecaps, Lecer o Lelinks, las empresas podrán utilizar para cancelar deudas previsionales vencidas.

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