jueves, marzo 28, 2024

Le cerraron la puerta: inquilinos tildaron de “electoralista” la Ley de Alquileres de Macri

Desde la asociación platense vieron con pesimismo el anuncio realizado por el Presidente y advirtieron que “no se tratará en el Congreso antes de las elecciones”.

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Luego de que el presidente Mauricio Macri saliera a anunciar el nuevo envío de la Ley de Alquileres al Congreso de la Nación, desde la Asociación Platense de Inquilinos (API) salieron a advertir que “la propuesta es electoralista y que no se tratará antes de las elecciones”.  

Nos preocupa que desde el Gobierno hagan circular por los medios el proyecto sin que se sepa la letra chica. Es importante que sepamos de qué se trata teniendo en cuenta los intereses que se tocan del sector inmobiliario”, dijo el titular de API, German Shieff.

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En diálogo con Diputados Bonaerenses, el presidente de la entidad sostuvo que “más allá de lo que diga el proyecto, las organizaciones vemos una medida de campaña”. “En este periodo de meses eleccionarios va a ser dificil que se trate”, manifestó. 

La normativa ingresada por el Ejecutivo pretende modificar los honorarios de ingreso, el monto del depósito y los tiempos mínimos de contrato. “Las modificaciones resultan insuficientes frente las condiciones económicas que atraviesan los inquilinos”, enfatizó Shieff. 

“Se nos dificulta el pago de los alquileres, expensas y servicios por los fuertes aumentos. Planteamos una política de subsidios y contención a lo que va a ser una gran expulsión de inquilinos hacia el hacinamiento o peores condiciones de vivienda”, agregó el referente del sector.

Cabe destacar que en abril, Cambiemos ya había presentado un proyecto muy similar que fue bochado ante la negativa del Ministro de Economía, Nicolás Djovne, y rechazado por los sectores inmobiliarios. 

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“No tenemos muchas esperanzas ni le vemos el sentido, ya que es la cuarta o quinta vez que el gobierno anuncia un proyecto para ley de alquileres y a esta altura estamos bastante desilucionados”, culminó el representante de API.

 

Los puntos más relevantes del proyecto

 

Los alquileres se ajustarán por la evolución de precios y salarios

El precio del alquiler debe fijarse como valor único y por períodos mensuales. Para contratos de menos de 650 UVAs (unos $26.600) solo se podrán realizar ajustes utilizando un índice formado por partes iguales por las variaciones mensuales del índice de precios al consumidor (IPC) que mide el Indec y la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (RIPTE). El índice deberá ser elaborado y publicado mensualmente por el Banco Central.

Los honorarios no podrán estar a cargo de los inquilinos

Esto incluye el costo de la intermediación de un corredor inmobiliario, gastos de publicación y certificación de firmas, entre otros.

El plazo para los contratos de alquiler será de dos años

Luego del vencimiento del contrato, la locación se prorrogará obligatoriamente por un año, salvo que el propietario o el inquilino manifiesten su intención de no renovarlo. Esa notificación deberá realizarse con no menos de 60 días de anticipación.

El locatario (inquilino) propondrá al menos dos opciones como garantía. 

Y el propietario deberá aceptar alguna de las siguientes: garantía real (otra propiedad), aval bancario, seguro de caución, garantía de fianza o garantía personal que se documentará con recibo de sueldo o certificado de ingresos. El monto de las garantías deberá ser devuelto al momento de la restitución del inmueble, actualizado mediante el mismo procedimiento de ajuste utilizado durante el transcurso del contrato.

Indemnización por la resolución anticipada del contrato: 

En los alquileres habitacionales prorrogadas cuando la notificación al propietario se haga con una anticipación de tres meses o más de la fecha de finalización del contrato, no corresponderá el pago de indemnización.

Reparaciones y expensas: 

El propietario afrontará los gastos por deterioro (en calidad o defecto), originados por cualquier causa que no pueda ser atribuida al locatario. 

Estarán a cargo del inquilino las expensas que deriven de gastos habituales (servicios normales y permanentes a disposición del locatario), independientemente de que sean consideradas como ordinarias o extraordinarias.

Ante el incumplimiento del inquilino, se habilita la acción judicial de desalojo. El plazo de ejecución no puede ser menor a 10 días ni mayor a 90 días.

Los contratos de locación de inmuebles deberán ser declarados ante la AFIP.

 

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