miércoles, abril 24, 2024

A levantar persianas: AFIP extendió la suspensión de embargos a las Pymes

De esta manera, el Gobierno le da 90 días a las empresas en dificultades para acogerse a la moratoria dispuesta en la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva.

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La AFIP resolvió extender hasta el 31 de marzo de 2020 la vigencia del régimen permanente de facilidades de pago, que vencía por estas horas. Lo hizo a través de la Resolución General 4651/2019 publicada este lunes en el Boletín Oficial.

La medida “apunta a garantizar la continuidad de un mecanismo de financiamiento para los contribuyentes afectados por la crisis mientras se instrumenta el acceso a la moratoria de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva”.

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Del mismo modo, el ente recaudador resolvió prorrogar hasta el 31 de marzo de 2020 la suspensión para trabar medidas cautelares a micro, pequeñas y medianas empresas.

Así, la AFIP extiende por tres meses el plazo anteriormente previsto en la normativa con el objetivo de aliviar la situación de “asfixia financiera” en la que se encuentran muchas empresas.

De acuerdo a lo que comunicó la entidad, el plan de facilidades vigente hasta el 31 de marzo de 2020 contempla la posibilidad de regularizar deudas impositivas vencidas, de los recursos de la seguridad social y aduaneras, así como sus intereses y multas.

Además, establece un máximo de hasta doce cuotas. La deuda a incluir deberá ser cargada de forma manual en el sistema Mis Facilidades. Para adherirse los contribuyentes deberán cumplir varias condiciones.

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Los requisitos

 

– Tener adherido el Domicilio Fiscal Electrónico (se requiere un correo electrónico y un número de teléfono celular).

– Tener presentadas las declaraciones juradas determinativas de las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social por período fiscal.

– Declarar en el servicio “Declaración de CBU” la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta corriente o de la caja de ahorro de la que se debitarán el importe de cada cuota.

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