viernes, abril 19, 2024

Renegociación de la deuda: qué dice el proyecto que el Gobierno envió al Congreso

La intención del oficialismo es que sea tratado la semana que viene en la Cámara de Diputados.

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En las últimas horas el ministro de Economía, Martín Guzmán, ingresó a la Cámara de Diputados de la Nación el proyecto de ley “para restaurar la sostenibilidad de la deuda externa”.

Sin dar demasiadas precisiones, el funcionario de Alberto Fernández señaló que la iniciativa se inscribe dentro del marco de la Ley de Administración Financiera, “que pide que el país mejore plazos, tasas de interés y monto de capital”.

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El texto al que accedió Diputados Bonaerenses consta de nueve artículos y tiene como principal objetivo obtener la aprobación parlamentaria del proceso de reestructuración de la deuda bajo legislación extranjera que se hará en el corto plazo, antes del 31 de marzo.

Los primeros artículos autorizan al Poder Ejecutivo a realizar el canje, con lo que este proceso conlleva, como la contratación del estudio de abogados, que ya es un hecho y es Cleary Gottlieb Steen & Hamilton.

Asimismo se faculta al Gobierno a definir el grupo de bancos que tendrá el mandato de la reestructuración de la deuda soberana, así como la definición de los respectivos prospectos de los nuevos títulos.

Respecto de la prórroga de jurisdicción, el proyecto reafirmará que los nuevos bonos se emitirán bajo legislación extranjera. En su artículo 3°, autoriza a “contemplar en la normativa e incluir en los documentos pertinentes las aprobaciones y cláusulas que establezcan la prórroga de jurisdicción a favor de tribunales extranjeros”.

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En etapas anteriores, ello se hizo por decreto, pero ahora el Gobierno busca que todo salga por ley. Asimismo, el texto dispone que se deberán abonar comisiones en condiciones de mercado a entidades financieras y asesores que presten los servicios enumerados en el texto.

En esa dirección se aclara que las mismas no podrán superar el 0,1% por todo concepto del monto de deuda canjeado y o restructurado.  Y añade que “en forma previa a la suscripción de los contratos se deberá dar intervención a la Sindicatura General de La Nación”.

El proyecto se enmarca dentro de la Ley de Administración Financiera, que establece en su artículo 65 que el “Poder Ejecutivo Nacional podrá realizar operaciones de crédito público para reestructurar la deuda pública y los avales otorgados en los términos de los artículos 62 y 64 mediante su consolidación, conversión o renegociación, en la medida en que ello implique un mejoramiento de los montos, plazos y/o intereses de las operaciones originales”.

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