jueves, abril 25, 2024

Cambios en la Ley de Inteligencia: los espías ya no podrán investigar para los jueces

El objetivo también es reducir su influencia sobre la opinión pública, los medios, y su participación en el armado de causas.

Categorías:

El gobierno de Alberto Fernández oficializó este jueves las modificaciones en el funcionamiento de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI), tal como lo había prometido en la apertura de sesiones ordinarias del Congreso de la Nación.

De esta manera, se estableció que "ningún organismo de inteligencia podrá realizar tareas represivas, poseer facultades compulsivas, ni cumplir funciones policiales o de investigación criminal".

- Publicidad -

Sucede que, la Ley de Inteligencia Nacional N°25.520 había establecido una "excepción que permite a los organismos de inteligencia participar como auxiliares de la justicia en las investigaciones criminales".

Ahora con la publicación del decreto 214 en el Boletín Oficial, que lleva la firma del jefe de Estado; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero y la totalidad de los ministros, esa facultad quedó eliminada.

En los considerandos se afirma que "corresponde limitar de forma urgente ese resquicio legal, que permitió generar y retroalimentar vínculos espurios desarrollados entre organismos de inteligencia y algunos sectores del sistema de justicia”.

Fernández tomó esta medida después del DNU N°52/19, a través del cual dispuso la intervención de la AFI y de la derogación del Decreto N° 656 de Mauricio Macri, que había eliminado la obligación de explicar el manejo de fondos de ese organismo.

- Publicidad -

Para el Presidente, ese decreto de Macri "implicó un retroceso institucional en materia de democratización y publicidad del Sistema de Inteligencia Nacional regido por la Ley N° 25.520 y, en especial, su modificatoria N° 27.126".

Por eso, la nueva administración estableció que "ningún organismo de inteligencia podrá realizar tareas represivas, poseer facultades compulsivas, ni cumplir funciones policiales o de investigación criminal".

Tampoco le estará permitido "obtener información, producir inteligencia o almacenar datos sobre personas, por el solo hecho de su raza, fe religiosa, acciones privadas, u opinión política.

A la vez, ningún organismo de la AFI podrá "influir de cualquier modo en la situación institucional, política, militar, policial, social y económica del país o en su política exterior, en la vida interna de los partidos políticos”.

También se pone la lupa sobre el accionar de los espías sobre la opinión pública, en personas, en medios de difusión o en asociaciones o agrupaciones legales de cualquier tipo.

Así como tampoco, "revelar o divulgar cualquier tipo de información adquirida en ejercicio de sus funciones relativa a cualquier habitante o a personas jurídicas, ya sean públicas o privadas, salvo que mediare orden o dispensa judicial".

Más Leídas

Destacadas