jueves, marzo 28, 2024

Precios Máximos: excluyen 50 categorías de productos y empieza el descongelamiento

Lo hizo a través de la resolución 552/2020 puntualizó que la mercadería “de primera necesidad seguirán alcanzados”.

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La Secretaría de Comercio Interior, a cargo de Paula Español, exceptuó de Precios Máximos a un grupo de productos que tienen menor impacto y mayor oferta dentro de la canasta de consumo masivo, cuyos ajustes serán consensuados en los próximos días con empresarios.

En ese sentido, lo hizo a través de la resolución 552/2020 publicada este jueves en el Boletín Oficial, no obstante, desde Comercio Interior puntualizaron que “los productos de primera necesidad seguirán alcanzados por los precios máximos”.

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La normativa precisó que se trata de una suspensión parcial “respecto de un conjunto de bienes que por sus características y finalidad tienen una moderada relevancia en la satisfacción de las necesidades básicas de los consumidores y usuarios, y un mayor grado de sustitubilidad”.

“Esta medida responde a la reactivación progresiva de las actividades productivas y comerciales que ya muestran mejores condiciones y que aseguran el sostenimiento de la oferta de los productos de consumo masivo”, señalaron desde la Secretaría.

De ese modo, los productos desafectados del congelamiento establecido en marzo pasado por la resolución 100/2020 son las bebidas alcohólicas -blancas, whiskys, licores, aperitivos y variedades de vinos-, las isotónicas y energizantes, los jugos a base de soja y los de fruta 100% natural.

Los alimentos que se exceptuaron fueron arroz integral y preparado; patés; conserva de fruta, excepto duraznos; conservas de pescado, excepto atún y caballa; golosinas y barras de cereales.  

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Además, quedarán afuera del programa la sémola y semolín; harinas integrales; variedades de semillas; café en distintas presentaciones, en saquitos, en cápsulas o bolsitas para máquinas.

También se quitó de la lista el té en hebras o saborizado; leches condensadas y vegetales; papas y otros tubérculos congelados; tortillas de trigo o masa para tacos; pizzas y empanadas congeladas.

Además, las premezclas para pizza; puré instantáneo de zapallo; sopas concentradas; salsas de soja; acetos; y quesos brie, camembert, azul y provolone, tambié quedaron excludos. 

 

 

En tanto, los artículos de higiene personal que se eliminaron son los enjuagues bucales; maquillajes, base, delineador y labial; loción para después de afeitarse; productos de limpieza y cuidado facial, cremas antiarrugas y antiacné; y cremas para peinar, gel, cera capilar y tratamiento capilar.

Además, se quitó productos de limpieza como pastillas y bloque de inodoros; aprestos y perfumes para tela; limpia metales; y pomadas para limpieza de calzado.

El área que conduce Español precisó que “los alimentos, bebidas, artículos de higiene personal y limpieza que ya no están abarcados por la resolución 100/2020 irán ajustando su precio de manera gradual, ordenada y administrada”.

Por último, Comercio Interior subrayó que los aumentos de precios serán “producto del diálogo y el consenso con las empresas proveedoras”, y remarcó que “la vigencia de las medidas se mantendrán según la evolución de las condiciones sanitarias, económicas y sociales”.

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