jueves, marzo 28, 2024

Promulgan la reparación económica a los familiares de los tripulantes del ARA San Juan

El Gobierno nacional publicó este viernes la legislación que prevé un beneficio extraordinario en compensación de unos $7 millones por familia.

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El Gobierno nacional promulgó esta mañana la ley aprobada en febrero por el Congreso, que otorga por única vez un beneficio económico extraordinario a los familiares de las víctimas del hundimiento del submarino ARA San Juan.

La promulgación, mediante el decreto 161/2021, lleva la firma del presidente Alberto Fernández, del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y del ministro de Defensa, Agustín Rossi y habilita la vigencia la Ley Nº 27.615.

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La norma, que fue aprobada por el Congreso Nacional el 24 de febrero pasado, establece "el derecho a percibir por única vez un beneficio extraordinario de carácter económico por grupo familiar".

De esta manera, el resarcimiento "tendrá el carácter de indemnización extraordinaria a favor de los y las familiares del personal militar" muerto en la tragedia del ARA San Juan, que se hundió en el Mar Argentino en 2017.

Según la ley, el beneficio "será equivalente a la remuneración mensual de los agentes de nivel A, grado O del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), multiplicada por 100”.

De acuerdo con los cálculos actuales, ese valor de la remuneración superaría los $7 millones para cada grupo familiar, lo que significaría un mínimo de $308 millones totales que el Estado destinará a la reparación económica por la pérdida filial.

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En ese sentido, la normativa establece que "el cobro del beneficio importa la renuncia a todo derecho por indemnización de daños y perjuicios y será excluyente de todo otro beneficio o indemnización por el mismo concepto".

Por lo mismo, quienes acepten la compensación económica no podrán mantener la “acción judicial en trámite, de reclamo de daños y perjuicios por parte de los y las beneficiarios y/o beneficiarias a causa del hecho".

Sin embargo, la ley indica que "en los casos en los que se haya reconocido indemnización por daños y perjuicios por resolución judicial”, los familiares percibirán “la diferencia entre lo establecido” en la nueva ley “y los importes ya cobrados".

"Si la percepción hubiera sido igual o mayor, no tendrán derecho a la asignación pecuniaria”, aclara el decreto publicado hoy y sostiene que "quienes pretendan acogerse a este régimen deberán” renunciar al derecho de iniciar acción judicial.

 

 

En cuanto a los impuestos, el beneficio "estará exento de gravámenes”, así como de “tasas las tramitaciones judiciales o administrativas en jurisdicción nacional que tuvieren por finalidad la acreditación de los requisitos previstos" para recibirla.

Según se indicó desde la cartera de Defensa, "este hecho se constituye como uno más dentro de las acciones de reconocimiento que el Gobierno nacional, encabezado por el Presidente Alberto Fernández desarrolla desde que asumió la gestión".

 

 

"La memoria y el honor para la y los 44 tripulantes será siempre nuestro faro”, puntualizaron desde la cartera de Defensa en un comunicado y agregaron que “el acompañamiento a las familias en el pedido por verdad y justicia estará siempre vigente”.

Cabe recordar que el ARA San Juan desapareció el 15 noviembre de 2017 con 44 tripulantes, mientras patrullaba por la zona económica exclusiva de la Argentina, y en circunstancias que aún se investigan en la Justicia.

A pesar de los cientos de rastrillajes iniciales, los restos se encontraron recién un año después, a más de 900 metros de profundidad y a 500 kilómetros de la costa de la ciudad de Comodoro Rivadavia, Chubut.

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