viernes, marzo 29, 2024

Repro II: cuáles son los requisitos para acceder a la ayuda para el pago de los salarios

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social oficializó las condiciones de selección para el Repro II mayo 2021.

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El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación oficializó las condiciones de preselección y selección para el Programa de Recuperación Productiva II (Repro II) para la asistencia en el pago a los salarios a empresas afectadas por la pandemia de covid-19. 

En este sentido, a través de la Resolución 311/2021 publicada en el Boletín Oficial, se adoptaron recomendaciones formuladas por el Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa Repro II para los sueldos devengados en mayo 2021.

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En cuanto a los criterios de preselección, se estableció que se tomará la facturación registrada en mayo de 2019 y el periodo comprendido entre el 1 y el 24 de mayo de este año.

De esta manera, se indicó que la diferencia entre tales fechas debe dar como mínimo una caída del 20% en términos reales y un aumento como máximo del 69% en términos nominales.

Estos mismos parámetros de facturación se aplicarán a los sectores no críticos, con la diferencia de que, en este caso, la comparación se hará entre abril de 2019 y el mismo mes de este año.

En el sector de la salud se aplicará la misma tabla comparativa, aunque la diferencia de facturación debe dar como mínimo una variación de 0% en términos reales y como máximo un aumento de 112% en términos nominales.

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Respecto del Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos, la nueva disposición del Ministerio estableció que se tomarán los mismos valores que los sectores críticos y no críticos.

En tanto, tal como había sido anunciado, el Gobierno nacional aumentó el Repro II mayo 2021 a $22 mil para trabajadores de empresas de sectores críticos, el mismo monto que para quienes el sector de la salud.

Además, se amplió la nómina de sectores críticos y se le dio un tratamiento diferenciado a las empresas con empleados dependientes que prestan servicios en centros de compras al mismo tiempo que se dejó en $ 9 mil el subsidio a los no críticos afectados.

 

 

Asimismo, se resolvió incrementar el monto para el Programa de Asistencia a Trabajadores Independientes en Sectores Críticos a $ 22 mil, se amplió la nómina de sectores y se redujo el número de aportes a los regímenes de monotributo y autónomo, a dos pagos.

Del mismo modo, el Comité volvió a considerar que no es necesario diferenciar el parámetro de la variación de la facturación y del IVA compras para las empresas de acuerdo con su tamaño, ya sean de menos de 800 o más trabajadores.

Respecto a la variación de la relación entre el costo laboral y la facturación para los sectores no críticos, se mantuvo la reducción de la exigencia que planteaba el valor fijado de mayor a -20% a superior a -10%, y la condición de cumplimiento obligatorio.

 

 

En tanto, para los parámetros aplicados a los indicadores incluidos de endeudamiento (mayor a 0,6%), variación del consumo de energía eléctrica y gasífera (menor a 0%) se mantienen los mismos definidos en marzo.

Del mismo modo, respecto de la variación de las importaciones, éstas deben ser de una caída de 20% como mínimo para empresas de menos de 800 de trabajadores y de 30% para el resto.

Al igual que en abril, el parámetro referido al indicador de liquidez corriente debe ser menor a 2,5% en todos los sectores beneficiarios del programa de asistencia que volvió a otorgarse debido a la segunda ola de coronavirus.

 

 

Para acceder al beneficio, los empleadores deben cumplir con las condiciones determinadas de acuerdo con el sector que estén encuadrados y según los parámetros dispuestos para cada uno.

En el caso de los sectores afectados no críticos, tendrán que alcanzar obligatoriamente al menos cuatro de los siete puntos establecidos (las variaciones de la facturación, y las porcentuales de la relación entre el costo laboral y la facturación, y de las importaciones).

Para el sector salud, entre los cuatro parámetros que se deben cumplir están incluidos las variaciones de la facturación y la porcentual de la relación entre el costo laboral y la facturación.

 

 

En cuanto a los sectores críticos, éstos tendrán que tener de manera obligada la variación de la facturación en términos nominales y el indicador de liquidez corriente.

Por otra parte, se requiere que las empresas con más de 15 trabajadores dependientes presenten información sobre los montos de activos y pasivos y patrimonio neto, con la excepción de los sectores críticos cuya obligación se aplica para los activos y pasivos corrientes.

 

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