viernes, marzo 29, 2024

Revés judicial: los contagiados con coronavirus y contactos estrechos no podrán votar

Los jueces María Servini y Alejo Ramos Padilla salieron aclarar que “los contagiados con Covid tienen prohibido circular de acuerdo al DNU vigente”.

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Pese a que el secretario de Actuación Electoral de la Cámara Nacional Electoral (CNE), Sebastián Schimmel, abrió esta mañana la posibilidad de que los contagiados con coronavirus o los contactos estrechos podrían votar “con estrictos protocolos”, los juzgados electorales con competencia en la Ciudad de Buenos Aires y la provincia salieron a negar cualquier tipo de concurrencia a los comicios.

De esta manera, la jueza federal con competencia en CABA María Servini y su par en la provincia de Buenos Aires, Alejo Ramos Padilla, confirmaron esta tarde que las personas infectados con Covid-19 o aisladas por presentar síntomas o haber sido contacto estrecho de pacientes están eximidas de votar en las próximas elecciones del 12 de septiembre.  

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Incluso, Servini subrayó que quienes se encuentren en esas condiciones el día de la elección "no tienen que ir a votar". "El protocolo que se aplicará en cada escuela fue consultado con el ministerio de Salud de la Ciudad”, subrayó.  

Las personas que contrajeron Covid, son contacto estrecho o tienen síntomas deben permanecer aisladas y está justificado que no emitan su voto", remarcó la titular del juzgado federal 1 con competencia electoral en la CABA.

Asimismo, Ramos Padilla señaló que "todos los contagiados con Covid tienen prohibido de circular de acuerdo al DNU 494/2021, vigente hasta el 1° de octubre de 2021, lo que les impide ir a votar".

El DNU 494 de este año, que rige hasta dentro de un mes y por lo tanto estará vigente el día de las PASO (12 de septiembre) establece en el inciso "g" del artículo 3, que "en ningún caso podrán circular las personas que revistan la condición de 'caso confirmado', 'caso sospechoso', o 'contacto estrecho' de COVID-19”, argumentó el juez electoral de la provincia de Buenos Aires.

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Vale recordar, que 25 de agosto último, Servini comunicó a través de un oficio enviado a la Dirección Nacional Electoral del Ministerio del Interior, a las carteras de Salud y Justicia y Seguridad del gobierno porteño, a la Policía de la Ciudad y al Tribunal Superior de Justicia de la CABA, "que las personas que estén cursando la enfermedad del Covid-19, y/o tengan síntomas compatibles no deberán presentarse a votar”.

Además, en la misma resolución, la jueza estableció que no deberán presentarse a votar los "electores que fueren contacto estrecho o sean considerados casos sospechosos", como tampoco aquellos que "deban permanecer aislados" por alguna de las disposiciones legales vigentes.

“Para el caso de que un elector se presente ante un local de comicio manifestando estar comprendido en alguna de las causales descriptas, no se permitirá su ingreso al establecimiento y el delegado electoral labrará un acta al respecto", añadió la jueza.

 

 

En tanto, una fuente de la Justicia Electoral ejemplificó que en el caso que una persona contagiada de coronavirus pida el derecho de votar pese a su estado, sería tomado “como una persona con Covid quiera viajar en colectivo esgrimiendo que no puede ser coartada su libertada ambulatoria".

Otro integrante de la Justicia Electoral subrayó que los electores con Covid positivo, que presenten síntomas o estén en aislamiento "no votarán" en las elecciones y, en la misma línea, aconsejó a quienes se encuentren en esas condiciones que "no se acerquen a una escuela", porque no se les permitirá votar, "ni esperen que nadie los busque en su casa".

Por la mañana, en declaraciones a la radio Urbana FM, el secretario de Actuación Electoral de la Cámara Nacional Electoral, Sebastián Schimmel, había dicho que las personas "que estén transitando la enfermedad de coronavirus o tengan que hacer el aislamiento por ser contacto estrecho. podrán hacerlo bajo un protocolo específico y muy riguroso, ya que nadie está privado de su derecho a votar".

En cualquier caso, el protocolo que se aplica en cada jurisdicción es potestad de los 24 jueces federales de primera instancia con competencia electoral, como Servini para la CABA y Ramos Padilla en el distrito bonaerense, y son esos magistrados quienes deben definir el procedimiento a ejecutar en cada provincia en unas elecciones inéditas porque estarán atravesadas por una circunstancia extraordinaria, la pandemia.

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