viernes, abril 19, 2024

Rige el cierre de fronteras, la suspensión de vuelos y las medidas sanitarias para viajeros

El Gobierno nacional emitió la resolución por la que restringe la circulación hacia el exterior del país.

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El Gobierno nacional oficializó este sábado la prórroga del cierre de fronteras del país hasta el 30 de abril, además de ratificar la suspensión de los vuelos provenientes de Reino Unido, Chile, Brasil y México, y ampliar los requisitos de ingreso al país.

Así lo dispuso el Ejecutivo en el marco de las medidas adoptadas para contener la segunda ola de coronavirus, que incluyeron restricción de circulación nocturna y el uso del transporte público exclusivo para trabajadores esenciales por tres semanas.

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La Decisión Administrativa 342/2021 fue publicada en el Boletín Oficial, con la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, el ministro del Interior, Eduardo de Pedro, y su par de Salud, Carla Vizzotti.

Además de prorrogar el cierre de las fronteras, la norma indica que la Administración Nacional de Aviación Civil "mantendrá la suspensión de transporte aéreo de pasajeros en vuelos directos que tengan como origen o destino el Reino Unido, y como origen Brasil, Chile, México".

Asimismo, la normativa establece que el Ministerio de Transporte podrá "ampliar o reducir la nómina de países, o establecer excepciones al presente artículo, con el fin de atender circunstancias de necesidad".

En la misma disposición se estipuló una ampliación de los requisitos para el ingreso al territorio argentino de los operadores de transporte, transportistas y tripulantes, para contener el ingreso de nuevas cepas de coronavirus.

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En esa línea, para los transportistas extranjeros que ingresen por vía terrestre, se indica que deberán adjuntar a la declaración jurada, el resultado negativo de la prueba para SARS-CoV-2 realizada dentro de las 72 horas anteriores al ingreso al país.

En tanto, para los transportistas y tripulantes nacionales se estableció que deben realizar un testeo de antígenos dentro de las 72 horas desde su ingreso al país, para así evitar la propagación del virus.

"Quienes resulten positivo en la prueba mencionada deberán realizar a continuación el test de PCR para su secuenciación genómica, según indicación del Laboratorio Nacional de Referencia", se señaló en la norma.

 

 

Respecto a las tripulaciones de buques internacionales de personas extranjeras, se deberán cumplir con los protocolos que defina la autoridad sanitaria nacional y "tienen prohibido su relevo en territorio argentino, debiendo permanecer embarcadas", afirmó la decisión administrativa.

Por su parte, las tripulaciones de buques internacionales compuestas por personas nacionales o residentes en el país deben someterse a testeos con antígenos dentro de las 72 horas de su regreso al país.

En el mismo sentido, las tripulaciones aéreas internacionales deben cumplir con los protocolos que defina la autoridad sanitaria nacional y movilizarse dentro del país bajo la modalidad burbuja, con estricta supervisión de operadores de transporte.

 

 

A su vez, si las tripulaciones aéreas corresponden a personas nacionales o residentes en el país, deben someterse a testeos con antígenos al menos cada 15 días o plazo menor que podrá estipular la línea aérea.

Por otra parte, la norma indica que la Administración Nacional de Aviación Civil adoptará "los recaudos pertinentes a efectos de mantener un flujo diario de vuelos de ingreso" y las demás medidas sanitarias exigidas para prevenir y mitigar la propagación del COVID.

En ese contexto, el Gobierno nacional reiteró en la norma la recomendación de que quienes ingresen en el país -especialmente mayores de 60 años o grupos de riesgo- difieran sus viajes al exterior, si no responde a actividades esenciales.

 

 

"La salida y el reingreso desde y hacia el país implicará la aceptación de las condiciones sanitarias y migratorias, asumiendo las consecuencias sanitarias, legales y económicas derivadas de la misma", se aclaró en el texto.

Finalmente, la disposición ratificó además que los viajes grupales de egresados, de jubilados, de estudio, deportivos no oficiales, de grupos turísticos y recreativos se encuentran suspendidos, tal como se conoció en las últimas horas.

Por lo mismo, la norma sostuvo que "muchos países se encuentran en situación crítica en su sistema de salud, destacándose Brasil con ocupación crítica de unidades de terapia intensiva en la mayoría de sus estados".

 

 

Así también, el texto se refiere a la necesidad de frenar el ingreso de "nuevas variantes del SARS-CoV-2, con más transmisibilidad y, potencialmente, más gravedad" por la segunda ola de la pandemia que azota al país.

Las disposiciones de ingreso y egreso a Argentina, además de las restricciones de circulación y suspensión de actividades se mantendrán hasta el 30 de abril para contener la escalada de casos diarios, que ayer rompió un nuevo récord y profundiza la curva.

El último reporte del Ministerio de Salud de la Nación registró 24.138 casos, el cuarto día consecutivo con récords que ubican el total de contagios en 2.497.881 desde el inicio de la pandemia. A su vez, hubo 228 fallecidos, por lo que el total ascendió a 57.350 muertos por COVID.

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